Resolución Nº 022-JD de 13 de noviembre de 2007, "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS TARIFAS DE ARRENDAMIENTO POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL TEATRO BALBOA".

REPÚBLICA DE PANAMÁ

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

RESOLUCIÓN No.017-J.D. DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 2007

"POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS TARIFAS DE ARRENDAMIENTO POR EL USO DEL AUDITORIO Y DEL ANFITEATRO DEL MUSEO ANTROPOLÓGICO REINA TORRES DE ARAÚZ (MARTA)"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA

En uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 63 de 6 de junio de 1974, excerta legal mediante la cual se crea el INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC), establece en el artículo 3, las funciones de la Institución, entre las cuales se encuentran: promover y desarrollar las actividades destinadas a difundir y estimular la cultura en el territorio nacional;

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC) puede ejecutar esta promoción ya sea directamente o con la cooperación y participación de organizaciones o entidades interesadas en tales actividades;

Que corresponde a la Junta Directiva del INAC, tomar las medidas que se requieran para el fomento y la administración del patrimonio del INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC);

Que es también atribución de la JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC), establecer las tarifas que se cobrarán por el uso de las instalaciones pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC);

Que en virtud de que la Ley No.22 de 27 de junio de 2006, "Que regula la Contratación Pública y dicta otra disposición", establece en el Capítulo VII sobre "Procedimientos de Selección de Contratista, Artículo 54 del "Avalúo", que "Los bienes inmuebles que el Estado se proponga adquirir o disponer mediante compra o arrendamiento, deberán ser avaluados por dos peritos, uno designado por el Ministerio de Economía y Finanzas y otro, por la Contraloría General de la República, para determinar su valor de mercado. En caso de permuta, se avaluarán en la misma forma el bien que se entrega y el que se recibe por razón de la permuta. No se podrán pagar por los bienes sumas mayores que el avalúo de los bienes y, en caso de discrepancia entre ellos del promedio de dichos avalúos. En los casos…";

Que mediante la Nota No.486-06 DNPH del 25 de agosto de 2006, el INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC), solicitó al Departamento de Avalúo de la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales del Ministerio de Economía y Finanzas, el avalúo del Auditorio y del Anfiteatro al aire libre, de las nuevas instalaciones del Museo Antropológico Reina Torres de Araúz (MARTA), ubicado en los Llanos de Curundu, corregimiento de Ancón, provincia y distrito de Panamá;

Que igualmente, mediante la Nota...

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