Acuerdo Nº 49 de 6 de mayo de 2008, "POR EL CUAL EL HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL EXONERA, DEL PAGO DEL CANON DE ARRENDAMIENTO A LOS ARRENDATARIOS DEL EDIFICIO 0640 DEL MERCADO AGRÍCOLA CENTRAL, POR UN PERIODO DE TRES (3) MESES, DEBIDO A QUE ESA INSTALACIÓN HA SIDO CERRADA POR TRABAJOS DE REPARACIÓN DEL TECHO."

Acuerdo Municipal Nº.49

De 6 de mayo de 2008

Por el cual el Honorable Consejo Municipal exonera, del pago del canon de arrendamiento a los arrendatarios del Edificio 0640 del Mercado Agrícola Central, por un periodo de tres (3) meses, debido a que esa instalación ha sido cerrada por trabajos de reparación del techo.

EL CONSEJO MUNICIPAL DE PANAMA

En uso de sus Facultades Legales y,

C O N S I D E R A N D O

Que el Edificio 0640, que forma parte del Mercado Agrícola Central, ha sido cerrado debido a que en el mismo se realizan trabajos de reparación del techo, por un periodo de tres (3) meses, a partir del 21 de enero de 2008.

Que en virtud de lo anterior, y con el propósito de que los arrendatarios no se vieran afectados durante el período de ejecución de estos trabajos, la Administración del Mercado Agrícola Central habilitó unas áreas en la parte exterior del Edificio 0640, donde fueron reubicados y pudieran continuar con la venta de sus productos.

Que las áreas habilitadas por la Administración no reúnen las condiciones apropiadas para la comercialización de los productos que se exponen a la venta, lo que motivó a los arrendatarios a enviar notas dirigidas a la Administración del Mercado y al Consejo Municipal solicitando la exoneración del pago del canon de arrendamiento por un periodo de tres (3) meses.

Que el artículo 248 de la Constitución Política de la República de Panamá establece que sólo los Municipios podrán conceder exenciones de derechos, tasas o impuestos municipales mediante el respectivo acuerdo municipal.

A C U E R D A

ARTICULO PRIMERO

Exonerar, por un período de tres (3) meses, del pago del canon de arrendamiento a los siguientes arrendatarios del Mercado Agrícola Central, ubicados en el Edificio 0640: Sebastián Peña, con cédula No. 8-789-389, monto a exonerar B/.469.80, Ventas Agrícola Peña, con RUC No.199408-395121, monto a exonerar B/.913.14, Miguel A. Rodríguez, con cédula No.8-795-1396, monto a exonerar B/.396.90, Eliseo Moreno, con cédula No.7-63-335, monto a exonerar B/.186.75, José de la Cruz Peña, con cédula No.6-79-797, monto a exonerar B/.105.57, Arelis J. Pitti de Silva, con cédula No.1-702-1849, monto a exonerar B/.252.00, Luis Enrique Bárcenas, con cédula No.8-767-761, monto a exonerar B/.159.03, Alfonso Caballero, con cédula No. 4-209-254, monto a exonerar B/.104.49, Olmedo Abdiel Guerra, con cédula No.4-214-876, monto a exonerar B/.279.18, Enrique Troncoso Castillo...

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