Resolución Nº 10-2007 de 27 de febrero de 2007, "ASIGNAR COMO AREA DE TRATAMIENTO ESPECIAL SOBREPUESTO, ENMARCADA DENTRO DE AREAS DE GRANDES PROYECTOS, AL POLIGONO No. 7, DE LA PARCELA P-BU03-03, UBICADA EN EL AREA CONOCIDA COMO BASE NAVAL DE RODMAN"

REPÙBLICA DE PANAMÀ

MINISTERIO DE VIVIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO

RESOLUCIÓN Nº ___10-2007__

(De __27__ de _febrero__ de 2007)

EL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO URBANO

En uso de sus facultades legales;

CONSIDERANDO:

Que mediante nota No MEF-UABR/SE/OIN/0285-07, fechada 13 de febrero de 2007, la Secretaría Ejecutiva de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, del Ministerio de Economía y Finanzas, solicita la Asignación del Código de Zona Industrial para el Polígono No 7, de la Parcela P-BU03-03, ubicada en el área conocida como Base Naval de Rodman;

Que la Ley No 21 de 2 de julio de 1997, "Por la cual se Aprueban el Plan Regional para el Desarrollo de la Región Interoceánica y El Plan General de Uso, Conservación y Desarrollo del Área del Canal", identifica el área en donde se ubica el Polígono No 7, de la Parcela P-BU03-03, como de Uso Mixto y Sub. Categoría Centro Urbano;

Que la Ley No 21, en su Titulo IV, Área de Tratamiento Especial Sobrepuesto, contempla el uso de áreas para complementar el ordenamiento espacial principal, con el propósito de establecer, identificar y delimitar sitios en el Área del Canal que sean dignos de dicho tratamiento en términos del desarrollo y los Usos del Suelo, estableciendo siete (7) áreas de tratamiento especial sobrepuesto para el Área del Canal de Panamá;

Que en el sector históricamente se han desarrollado actividades relacionadas con los servicios portuarios, de abastecimiento e industria pesada;

Que el Ministerio de Vivienda emitió la Resolución No 09-2007 mediante la cual se deja sin efecto la Resolución Nº 31-2006 de 13 de julio de 2006.

Que el Ministerio de Vivienda, a través de la Dirección General de Desarrollo Urbano y su Departamento de Investigaciones Urbanas, preparó el Informe Técnico No 3-07, en el que se analiza la petición del Ministerio de Economía y Finanzas, y se concluye que el área del Polígono No 7, de la Parcela P-BU03-03, sea considerada como Área de Tratamiento Especial Sobrepuesto, enmarcada dentro de Áreas de Grandes...

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