Resolución Nº DGPIMA-001-2008 de 24 de noviembre de 2008, 'POR LA CUAL SE ADOPTA EL NUEVO FORMATO DE 'CARTA DE ATRAQUE' Y EL DE 'CARTA DE ATRAQUE YATES' QUE A PARTIR DE LA FECHA UTILIZARÁN, POR LA VÍA ELECTRÓNICA, TODOS LOS AGENTES RELACIONADOS AL TRÁFICO DE NAVES Y YATES EN PANAMÁ'

RESOLUCION No. DGPIMA-001-2008

EL DIRECTOR GENERAL DE PUERTOS E INDUSTRIAS MARÍTIMAS AUXILIARES DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA DE PANAMÁ, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Ley No.7 de 10 de febrero de 1998, fue creada la Autoridad Marítima de Panamá, ente autónomo del Estado, que tiene entre sus objetivos principales administrar, promover, regular, proyectar y ejecutar políticas, estrategias, normas legales y reglamentarias, planes y programas que están relacionados, de manera directa, indirecta o conexa, con el funcionamiento y desarrollo del sector marítimo, además de fungir como autoridad marítima suprema de la República de Panamá.

Que corresponde a la Autoridad Marítima de Panamá, hacer cumplir las normas legales referente al Sector Marítimo e instrumentar las medidas requeridas para la salvaguarda de los intereses nacionales en los espacios marítimos y aguas interiores, correspondiéndole la responsabilidad de velar por el fiel cumplimiento de lo establecido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 y los demás tratados, convenios e instrumentos internacionales ratificados por la República de Panamá, relacionados al Sector Marítimo.

Que a la Autoridad Marítima de Panamá, a través de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas y Auxiliares, le corresponde la ejecución del Plan General para el Desarrollo del Sistema Portuario Nacional, así como la explotación, operación, control y fiscalización de los puertos e instalaciones portuarias comerciales de uso público y concesionados a operadores privados.

Que mediante conferencia diplomática celebrada en el seno de la Organización Marítima Internacional (OMI), en Londres, Inglaterra, el 13 de diciembre de 2002, los gobiernos contratantes del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS 74), adoptaron el protocolo de enmiendas a dicho convenio, que introduce las nuevas reglas para incrementar la protección marítima de los buques y de las instalaciones portuarias, entre las que, se incluyen el Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP o ISPS Code).

Que el tráfico de naves internacionales en los puertos nacionales como el de yates y veleros en las marinas y clubes de yates, ha aumentado vertiginosamente, y se ha puesto de manifiesto la dificultad de la Autoridad Marítima en la obtención oportuna de la información para que pueda darle...

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