Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 1 de Julio de 1996

PonenteCARLOS H. CUESTAS
Fecha de Resolución 1 de Julio de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Conoce esta Sala de recurso de apelación presentado por el F. Superior Especial, licenciado C.A.A., contra auto emitido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia el 13 de diciembre de 1995, mediante el cual se decretó sobreseimiento provisional a favor de R.S.B.A., A.D.R., R.B.C., P.A.F.B., H.L.S.O.D., C.A.B.E., C.A.J.R., C.A.Z.E., R.E.A.C., O.A.S.M., R.C.G., A.G.N., R.A.C. y O.P.V. (fs. 4,009-4,011), dentro del proceso seguido con motivo de las muertes de los estudiantes J.C. y D.R.. En esa misma decisión jurisdiccional se declara extinguida la acción penal en cuanto a M.A.D.B. y se deja sin efecto cualquier orden de impedimento o de salida del territorio nacional, como de expedición de pasaporte o captura (f. 4,012).

El representante del Ministerio Público explica que su disconformidad con la resolución impugnada radica en que el a-quo no se pronunció sobre la situación procesal de C.S. y R.G., tal como lo hizo con R.B., pues si bien "fueron indultados mediante el Decreto Ejecutivo Nº 469 de 23 de septiembre de 1994 y Decreto Ejecutivo Nº 476 de 7 de septiembre de 1995 ... esta disposición presidencial no alcanza, a los señores R.B., C.S. y R.G., toda vez que su solicitud de encausamiento se hizo en virtud de prueba indiciaria incorporada en la investigación sumarial y que lo vinculaba con el hecho de sangre ... Delito que de forma clara fue excluido del beneficio de los indultos decretados" (fs. 4,019-4,020).

Finalmente, el F. Superior Especial discrepa con el sobreseimiento provisional decretado en favor de H.S., C.B., C.J., C.Z., R.A., O.S., R.C., A.G., R.C. y O.P., ya que "el Licenciado C.A.H., en su calidad de FISCAL SUPERIOR ESPECIAL ... cambia la condición de indagados, es decir, de sumariados de las personas antes anotadas, por considerar que no existía elemento que pudiera ... vincularlos ... con los hechos investigados" (f. 4,021), por lo que, a su parecer, "no es jurídicamente correcto, beneficiarlas con un sobreseimiento provisional ... el mínimo procesal sería un SOBRESEIMIENTO DE CARÁCTER DEFINITIVO" (f. 4,022).

Antes de resolver la impugnación planteada, se resalta que el recurso propuesto atribuye el conocimiento del proceso a esta Sala, exclusivamente sobre los puntos a que se refiere el recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2428 del Código Judicial.

Las piezas procesales permiten conocer que en horas de la noche del 14 de junio de 1978 en el campus de la ciudad Universitaria, grupos...

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