Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Junio de 1999
Ponente | FABIÁN A. ECHEVERS |
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 1999 |
Emisor | Segunda de lo Penal |
VISTOS:
Mediante auto de 15 de julio de 1998, el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial revocó providencia de 30 de abril de 1998, proferida por la Fiscalía Primera Superior del Primer Distrito Judicial, mediante la cual se admitió la acusación particular presentada por el apoderado judicial de J.L.L. contra el licenciado J.L.L.C., Juez Tercero Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, por la supuesta comisión de los delitos de abuso de autoridad y corrupción de funcionario público. Contra la resolución dictada por el Tribunal Superior, anunció y sustentó apelación en tiempo oportuno el representante de la acusación particular, por lo que procede esta Sala a decidir la alzada.
ARGUMENTOS DEL APELANTE
Con una extensa cronología de los hechos (fs.92-130), el recurrente básicamente censura que la resolución atacada señale que el libelo de acusación particular carece de "suficiencia de la prueba sumaria aportada" (f.103), ya que las "actuaciones realizadas en el expediente refieren transgresiones legales de tal relevancia que por sí solas constituían sobrada evidencia para admitir la acusación particular ..." (f.104).
MOTIVACIONES DEL TRIBUNAL A QUO
El Tribunal Superior, en lo medular de su motivación, desestima la acusación presentada contra el licenciado L. porque "el libelo acusatorio hace un análisis de la postura del acusador como parte en un proceso de quiebra, cuestionamientos que debieron ser ventilados en el proceso civil que ha culminado con una sentencia de primera instancia confirmada en la segunda instancia ..." (f.85). Agrega el Tribunal Superior que el libelo de acusación particular carece de prueba sumaria del relato, pues "no es posible jurídicamente considerar como prueba sumaria de un delito en las actuaciones del juez en el proceso, un fallo que ha sido confirmado por la instancia superior" (f.85).
CONSIDERACIONES DE LA CORTE
J.L.L., mediante apoderado judicial, presentó acusación particular contra el licenciado J.L.L.C., Juez Tercero Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, por la supuesta comisión de los delitos de corrupción de servidores públicos y abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos.
En cuanto al delito de abuso en el ejercicio de sus funciones oficiales o por infracción de los deberes de servidor público, el artículo 2468, en relación con el artículo 2471 del Código Judicial, establece que quien...
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