Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 7 de Octubre de 1996

PonenteHUMBERTO A. COLLADO T
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 1996
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En grado de consulta, conoce la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, del Auto de 7 de agosto de 1996 (fs. 121 a 124), proferido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, mediante el cual se sobresee definitivamente a favor del Agente V.A.B.G., en el proceso penal levantado con motivo de la muerte de L.A.M.W. (A) "BIG FOOT", hecho ocurrido el día viernes 24 de febrero de 1995, en el sector de Calle 14 Avenida Bolívar, Barrio Sur, Distrito de C..

En base a lo dispuesto en el artículo 2481 del Código Judicial, el Auto de sobreseimiento definitivo proferido por el Segundo Tribunal Superior en lo concerniente al caso en comento, debe elevarse en consulta a esta Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, por la calidad de servidor público del favorecido, lo cual se desprende del Acta de toma de posesión y juramento del cargo como Agente, con la placa de orden Nº 4261, de la Policía Nacional (-copia autenticada- f. 108), de V.A.B.G..

Del historial penal y policivo de V.A.B.G., se desprende que éste no ha sido penado por contravenciones de policía ni por delito común alguno (f. 73).

Consta a foja 53 del sumario, Poder especial otorgado por V.A.B.G., a la licenciada G. delC.M., de la Asesoría Legal de la Policía Nacional, para su defensa legal en el caso bajo estudio.

A foja 15 consta el prontuario policivo de L.A.M.W. (a) "BIG FOOT", de donde se desprende que este había cometido aproximadamente 23 delitos al momento de su muerte.

La Fiscalía Cuarta Superior del Primer Distrito Judicial, mediante Vista Nº 211 de 31 de octubre de 1995 (fs. 111 a 114), al remitir las sumarias para su calificación legal, solicitó un sobreseimiento definitivo a favor del Agente V.A.B.G., con fundamento en el artículo 2210, numeral 3º, del Código Judicial, en concordancia con los artículos 19 y 20 del Código Penal, toda vez que:

"Todas y cada una de las situaciones constantes en este expediente son las que nos llevan a la conclusión de que el Agente VÍCTOR ALEJANDRO BIZ (SIC) GONZÁLEZ, actua (sic), al dispararle al hoy occiso MOORE WEEKS (a) BIG FOOT, con causa de justificación que en esos momentos era el cumplimiento de un deber y la legitima (sic) defensa, al percatarse de que el hoy occiso iba a agredir a su compañero, que al intentar hacer la revisión acostumbrada y tener un leve descuido, provocan (sic) la astucia de BIG FOOT, de intentar agredirlo. Este individuo momentos antes había sido objeto de una persecución (sic) debido a que no atendiía (sic) a la voz de alto emanada de T.P., dandose (sic) a la fuga al ver a los agentes del D.I.I.P.R.C.Y.D.H., quienes...

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