Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 10 de Agosto de 1998

PonenteGRACIELA J. DIXON C
Fecha de Resolución10 de Agosto de 1998
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Procedente del Segundo Tribunal de Justicia, ingresa a la Sala Penal de la Corte Suprema, auto de 7 de noviembre de 1997, mediante el cual se llama a responder criminalmente a G.A.C., como presunto infractor de las disposiciones legales contenidas en el Capítulo I, Título I, Libro II del Código Penal, es decir por el delito de homicidio en perjuicio de D.A.C.M..

Esa decisión jurisdiccional al ser notificada fue apelada por el licenciado G.E.F., Defensor de Oficio del señor G.A.C., quien dentro del término legal presentó escrito de sustentación de la apelación. Concedido en el efecto suspensivo el recurso de apelación, se procede a resolver la alzada.

SUSTENTACIÓN DEL APELANTE

Manifiesta el licenciado FERNÁNDEZ, que a lo largo del expediente, no hay prueba contundente ni indicio alguno, que vinculen la conducta de señor G.C. con la comisión del delito de homicidio en perjuicio de D.C., que por lo contrario, hay elementos que obran en su favor para solicitar un sobreseimiento definitivo o por lo menos provisional.

Por otra parte, de las declaraciones de los señores ELBA DOMÍNGUEZ, J.H., K.O.G.A.C. y V.C., se puede colegir, que VICENTE y GUILLERMO, se encontraban juntos en casa de éste último, y que al escuchar los disparos salieron corriendo hacia el Mini Super Rambo.

También señala el recurrente, que en diligencia de Reconstrucción de los Hechos, el señor M.S. manifestó haber visto a un solo joven, de tez morena, alto, que salió de la vereda e hizo 4 detonaciones.

También manifiesta el abogado de la defensa, que L.A.S.C. (A) PIPO, en declaración jurada, confiesa ser el autor del hecho punible, que fue solo él, quien disparó.

Por lo anterior solicita, se revoque el auto de llamamiento a juicio y en su lugar se dicte sobreseimiento definitivo y se ordene la libertad del G.C.. (Fs. 275-291).

OPOSICIÓN DE LA APELACIÓN

El licenciado MANUEL A. SUCCARI, F.S. Superior del Primer Distrito Judicial, manifiesta en su escrito de oposición a la apelación, que de las declaraciones rendidas por E.D.L., J.L., K., P.R., se desprenden ciertas contradicciones en cuanto a la coartada presentada por G.Á.C., toda vez que éste último manifestó en su primera indagatoria haber estado solamente con L. y V., pero en Diligencia de Reconstrucción de los H.A.C. introduce nuevos testigos, como los son K., P., M. y T..

Por otra parte, el señor H.B.M., manifiesta en declaración, que cuando salió de la casa a ver como estaba D.C., pudo observar todavía a G.A.C...

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