Sentencia de Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, 29 de Diciembre de 1993

PonenteAURA E. GUERRA DE VILLALAZ
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 1993
EmisorTribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial

VISTOS:

Procedente del Segundo Tribunal Superior de Justicia y en grado de apelación, ingresa a la Sala Segunda el expediente que contiene el sumario instruido contra AGRIPINO TORO LOZANO por el delito de tentativa de homicidio en perjuicio de J.E. D.

El auto objeto de este recurso de apelación, con fecha de 30 de junio de 1993 al valorar la investigación realizada en el presente caso llega a la conclusión de que cabe un sobreseimiento provisional a favor del indagado, pues si bien se acredita el hecho delictivo en grado de tentativa, no se cuenta con los elementos probatorios suficientes para vincular la conducta de AGRIPINO TORO LOZANO al objetivo final de destrucción de la vida humana.

El acusador particular, licenciado A.C.B., quien representa los intereses de J.E. en el presente caso, al sustentar la apelación anunciada al momento de notificarse el auto referido, considera que debe revocarse el auto provisional por el Tribunal y en su lugar abrir causa criminal contra A.T.L. ya que el sólo hecho de disparar un arma de fuego contra la anatomía de su representado, es un indicador claro de la intención que motivara ese comportamiento.

De conformidad con la constancia de autos, el 19 de octubre de 1991, pasada la media noche, se suscitó en el área comprendida en la calle R.A., edificio E., en el Nuevo Reparto El Carmen, un incidente derivado de la acción realizada por J.E. al mover su auto del estacionamiento, arrastrando con el mismo un automóvil Volkwagen que se encontraba estacionado en la misma área y que pertenecía a un visitante en una fiesta que se llevaba a cabo en el apartamento de un inquilino del edificio E.. Las personas que se encontraban departiendo en la fiesta mencionada, al observar que el automóvil era remolcado por el pick up que conducía J.E., dieron la voz de alarma, acusando de ladrón al conductor del Pick up que remolcaba el automóvil. De inmediato los asistentes al acto social mencionado, bajaron rápidamente del cuarto piso y uno de ellos, A.T.L., al reconocer en J.E. al sujeto que pretendía llevarse el automóvil de su amigo, lo conminó a que saliera del auto y como no lo hizo, acto seguido sacó una pistola de su propiedad con la que pretendió obligarlo a que saliera y en el forcejeo se produjo el disparo que le rozó en la cabeza, dando lugar a una incapacidad definitiva de ocho días, que no puso en peligro su vida.

Los hechos antes descritos son apreciados y narrados con algunas variantes por los protagonistas y...

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