Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 6 de Diciembre de 1993

PonenteFABIÁN A. ECHEVERS
Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 1993
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Ha ingresado a esta Sala, en su función de Tribunal de segunda instancia, el proceso penal que contiene auto del 19 de agosto de 1993, por el cual se sobresee definitivamente a V.Q.F. por los delitos de abuso de autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos cometidos en perjuicio de A.A.G..

La indicada resolución fue apelada por la parte acusadora y corresponde a la Sala decidir la alzada, en los términos previstos por el artículo 2428 del Código Judicial. En razón de la calidad funcional del imputado -Gerente Regional del Banco de Desarrollo Agropecuario en la Provincia de Coclé, en funciones de Juez Ejecutor- (a.2481 C.J), también es del caso atender la consulta ordenada por el a-quo en el respectivo auto, lo que encuentra asidero legal en el artículo 2481 del Código de Procedimientos.

Expresa el recurrente que su disconformidad con el fallo consiste en que, a su juicio, el sumariado cometió los delitos que se le imputan al ordenar el secuestro de bienes que no estaban constituidos como garantía hipotecaria y prendaria a favor del Banco de Desarrollo Agropecuario. Sostiene que la resolución de 26 de abril de 1992, por medio de la cual el Banco de Desarrollo Agropecuario levanta las cautelaciones decretadas sobre algunos bienes de su mandante que no habían sido dados en garantía, constituye una confesión paladina del abuso, además de que, según afirma, "la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo, en Auto de 22 de mayo de 1992, decide levantar el embargo decretado sobre los dos vehículos a que se ha hecho referencia, de propiedad de nuestra mandante" (f.563), hecho que lamentablemente no se encuentra acreditado en el proceso. Considera el recurrente que está demostrado el delito de abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, por considerar inaceptable la excusa del imputado en el sentido de que los bienes se incluyeron en el embargo para asegurar el pago de la obligación.

Otra censura que de que da cuenta la alzada consiste en que la resolución dictada por el juez ejecutor se extendió a unos patos que eran de propiedad de D.A.A., aves que fueron vendidas "al ojo", sin pesarlas (f.565).

Concluye el recurrente afirmando que el abuso de autoridad se produjo "porque los bienes arbitrariamente embargados no habían sido incluidos entre las garantías ofrecidas para responder de la obligación creada con lo del préstamo hipotecario", por lo que solicita la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR