Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 23 de Junio de 2006

PonenteEsmeralda Arosemena de Troitiño
Fecha de Resolución23 de Junio de 2006
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

En GRADO DE APELACIÓN, conoce la sala de lo Penal del AUTO No. 79 de 24 de abril de 2006, proferida por el SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL que CONCEDE FIANZA DE EXCARCELACIÓN A J.M.V.C., por la suma de MIL BALBOAS (B/.1,000.00).

EL RECURSO DE APELACIÓN

Básicamente, la FISCALÍA SEGUNDA SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL impugnó el otorgamiento de la fianza excarcelaria en favor de VARGAS, por considerar que "... la cuantía de la fianza no es proporcional con el daño causado, y la peligrosidad que reflejo (sic), por lo que solicitamos se aumente la cuantía de fianza de excarcelación..." (f.58).

DECISIÓN DE LA SALA DE LO PENAL DE LA CORTE SUPREMA

El hecho ocurrió en la noche del domingo 12 de marzo del año en curso en la AGENCIA DE APUESTAS "LOS MELLOS", ubicada en el CENTRO COMERCIAL VILLA LUCRE, DISTRITO DE SAN MIGUELITO, provincia de PANAMÁ. Esa noche, J.M.V.C. invitó a EUSEBIO DE SEDAS RAMOS y a E.H. G. a beber unas cervezas en el local mencionado. Dentro del establecimiento, V. fue a buscar las cervezas, y cuando regresó se produjo una discusión entre él y HERNÁNDEZ. Pese a que éste último permaneció sentado durante la discusión, VARGAS sacó un arma de fuego y le disparó en el hombro derecho. VARGAS trasladó en su vehículo a la víctima hasta la POLICLÍNICA S.J.C., en el sector de V.L., pero luego fue enviado al HOSPITAL SANTO TOMÁS, donde fue internado. De acuerdo al INFORME DEL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL, H. presentó una HERIDA DE PROYECTIL DE ARMA DE FUEGO en el HOMBRO DERECHO, que lesionó la arteria axilar y vena axilar. El examen concluyó que las lesiones PUSIERON EN PELIGRO LA VIDA DE LA VÍCTIMA, y fue incapacitado por 45 días. (fs.31-32).

El 14 de marzo de 2006, M.M.M.D.R. se presentó a LA POLICÍA TÉCNICA JUDICIAL, con sede en el DISTRITO DE SAN MIGUELITO, para DENUNCIAR el hecho ocurrido el 12 de marzo, y señaló a VARGAS como la persona que efectuó el disparo en perjuicio de su pareja.

El JUZGADO PRIMERO, RAMO PENAL, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, conoció la petición de fianza de excarcelación en favor de VARGAS. Sin embargo, mediante resolución de 30 de marzo de 2006, el tribunal en mención SE INHIBIÓ DE SU CONOCIMIENTO, y la remitió al SEGUNDO TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, por considerar que estaba en presencia de LA COMISIÓN DE UN DELITO CONTRA LA VIDA, particularmente HOMICIDIO EN GRADO DE TENTATIVA. (f.47).

Es así que el TRIBUNAL SUPERIOR dictó el auto que en este...

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