Sentencia Penal de Corte Suprema de Justicia (Panama), 2ª de lo Penal, 25 de Agosto de 2010

PonenteJerónimo Mejía E.
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2010
EmisorSegunda de lo Penal

VISTOS:

Mediante Auto N° 67 de 16 de marzo de 2009 el Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial dictó un sobreseimiento provisional a favor del S.A.A.M., sindicado por la presunta comisión de delito contra la vida y la integridad personal en perjuicio del adolescente A.J.O.H.

Las sumarias dan cuenta de que en la madrugada del 20 de agosto 2006, los Cabos 1° A.A. y N.F., miembros de la Policía Nacional, se encontraban custodiando una actividad en la Parrillada "Don Pocho" ubicada en el sector S.V., Corregimiento de A.D., Distrito de Panamá, Provincia de Panamá.

Cerca del lugar, dentro de la Discoteca "La Casa de J.", se suscitó una riña entre ROGELIO APARICIO y SERGIOABREGO SALDAÑA; luego se formó otra pelea afuera de ese local, de lo cual se percataron los policías ATENCIO y FUENTES, quienes vieron a R.A. cuando era perseguido por unos sujetos que le lanzaban objetos contundentes y lo acorralaron hacia un costado de la parrillada "Don Pocho".

Ante esa situación, el Cabo FUENTES hizo un disparo de advertencia y los sujetos agresores se dispersaron mientras que el afectado salió corriendo hacia una piquera de taxi próxima al lugar, donde un sujeto arremetió contra él y al ver la presencia policial salió corriendo. Luego, el Cabo Fuentes le dio persecución al individuo, efectuó una detonación pero éste no se detuvo.

Entonces, el C.A. corrió hacia el lugar y señala que vio que el sujeto perseguido dio un semi giro volteándose hacia ellos por lo que al ver que la vida de su compañero estaba en peligro le disparó y éste cayó al piso.

Las unidades del orden público trasladaron al herido, quien resultó ser el adolescente A.J.H.O., hacia el Hospital San Miguel Arcángel donde falleció.

El protocolo de necropsia consigna que la causa de muerte del joven A.J.H.O. se debió a un choque hemorrágico por herida perforante por proyectil de arma de fuego en abdomen y tórax(F.146).

Llevada a cabo la instrucción del sumario, la Fiscalía Tercera Superior solicitó el llamamiento a juicio del Cabo ADRIÁNATENCIO por la presunta comisión de delito contra la vida e integridad personal (homicidio) en perjuicio de A.J.H.O., y el Segundo Tribunal Superior al calificar el sumario dictó un sobreseimiento provisional así como el levantamiento de las medidas cautelares que le fueron impuestas al señor ATENCIO.

El entonces Fiscal Tercero Superior del Primer Distrito Judicial, L.. D.G., solicitó la revocatoria de la decisión impugnada y que en su lugar se dicte un Auto de enjuiciamiento criminal contra A.A., pues señala que en el cuaderno penal constan testimonios que dan cuenta que todo fue producto de una riña tumultuaria en la cual varias personas agredían al señor R.A., siendo uno de los participantes el joven A.J.O.H.

Aproximadamente dos años después de lo ocurrido las unidades de policía aseguran que A.J.O.H. hirió con arma blanca a APARICIO, dato que no aparece en ninguno de los informes de novedad realizados por estas unidades al momento del hecho, ni tampoco en sus declaraciones.

El señor F. señala que se cuenta con los testimonios de J.A.O., A.V., E.S.S. y el C.N.W.F.; que éste último cuenta que acompañaba a ATENCIO en la jornada de persecución de las personas que iban correteando y agrediendo al señor R.A., cuando ATENCIO "avanzó, lo rebasó e hizo una detonación al sujeto que perseguían".

Agrega que el Cabo ATENCIO intenta justificar el disparo por la espalda contra A.O.H. como inevitable, pues procuraba salvar su vida y la de terceros en el lugar, bajo la impresión que el prenombrado estaba armado y que se disponía a dispararle y que hasta el momento no se cuenta en el infolio penal con elementos de pruebas que validen su versión.

De igual manera, señala que el Protocolo de Necropsia muestra claramente que A.O.H. fue impactado por la espalda, con el proyectil siguiendo una trayectoria: "de abajo hacia arriba, de atrás hacia delante, ligeramente de izquierda a derecha".

Finalmente, el Agente del Ministerio Público indicó que ninguno de los Informes de Policía disponibles hasta el momento de presentar su recurso daban cuenta de que R.A. hubiera sido apuñaleado frente a los agentes del orden...

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