Resolución de Junta Directiva Nº 039 de 18 de enero de 2007, "POR LA CUAL SE CREA EL COMITE DE BECAS, LICENCIAS Y AUXILIOS POR ESTUDIOS DEL INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD (ICGES)."

INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD

(ICGES)

Resolución de Junta Directiva No. 039

De 18 de Enero de 2007.

"POR LA CUAL SE CREA EL COMITÉ DE BECAS, LICENCIAS Y AUXILIOS POR ESTUDIOS DEL INSTITUTO CONMEMORATIVO GORGAS DE ESTUDIOS DE LA SALUD (ICGES)"

La Junta Directiva del Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud

en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que según lo que establece la Ley No 78 de 17 de diciembre de 2003 en su Artículo 22, literal 10 es responsabilidad del Director General del ICGES proponer ante la Junta Directiva los proyectos de Reglamento necesarios para su funcionamiento.

Que se hace necesaria la constitución del Comité de Becas, Licencias y Auxilios por Estudios del ICGES, para desarrollar un avance importante en el manejo eficiente y dinámico de los procesos de perfeccionamiento académico y profesional de sus servidores públicos, a fin de establecer normas y/o requisitos.

En consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1

Crease el Comité de Becas, Licencias y Auxilios por Estudios del Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud, en adelante el "ICGES", el cuál será integrado por funcionarios que estén ejerciendo los siguientes cargos:

Director (a) General, quién lo presidirá

Director (a) de Investigación

Jefe de la Oficina de Relaciones Académicas y Científicas

Jefe de la Oficina Institucional de Recursos Humanos

Jefe de la Oficina de Asesoría Legal

Director (a) de Administración y Finanzas

PARÁGRAFO: Cada miembro principal tendrá un suplente quien lo reemplazará en sus ausencias temporales.

En la ausencias temporales del Director (a) General, el Comité será presidido por el Sub Director (a) General y en ausencia de éste por uno de los miembros escogido por la mayoría de votos del Comité.

Artículo 2

Los miembros del Comité están obligados asistir puntualmente a todas reuniones y participar activamente en las mismas.

Artículo 3

El Comité se reunirá en forma ordinaria el tercer (3) martes de cada mes, para el estudio y análisis de los expedientes de los aspirantes a licencia y, en forma extraordinaria por convocatoria del Presidente por intermedio de la Secretaría Técnica, las veces que la reunión sea necesaria y en la cual sólo se tratarán el o los asuntos para los cuales se convocó.

Artículo 4

Cuando la reunión ordinaria no pueda celebrarse el día correspondiente, sea por fuerza...

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