Avisos

AVISO Para dar cumplimiento al Artículo 777 del Código de Comercio el señor ANTONIO WANOG CHÚ, hace saber, que vendió el establecimiento comercial MINI SUPER DAVID, ubicado en Ave. Pérez Monagrillo, Distrito de Chitré, Prov. de Herrera, al señor ERICK EURIBIADES CUEVAS GUERRA, panameño, cedulado 6-708-1363, el día 15 de diciembre de 2006. ANTONIO WANOG CHÚ L. 201-204304 Primera PublicaciónAVISO DE REMATE El Suscrito Alguacil Ejecutor del Juzgado Primero de Circuito de lo Civil del Tercer Circuito Judicial de Panamá, por medio del presente aviso al público en general: HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO DE MAYOR CUANTÍA propuesto por FLORENCIA RENGIFO NAVARRO contra SERGIO JIMÉNEZ ALVEO, se ha señalado como fecha para la celebración de la venta judicial dentro de la causa subjudice, el día veintinueve (29) de enero de dos mil siete (2007), a efecto que se lleve a cabo el remate (venta judicial) del bien inmueble que se describe a continuación."Finca 136213, inscrita a Rollo Complementario 15249, Documento 2 de la Sección de Propiedad, provincia de Panamá, distinguida como Lote No. 4-72 según plano 86-64214, ubicada en el Corregimiento de Barrio Balboa, distrito de La Chorrera: Superficie: 242 metros cuadrados, Linderos y Medidas: Norte limita con Lote 4-83 y mide 11 metros, Sur limita con calle paseo norte y mide 11 metros, Este Lote 4-73 y mide 22 metros y Oeste limita con vereda ads y mide 22 metros". Téngase como base para la venta judicial la suma de DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BALBOAS CON 00/100 (B/.17,840.00) que representa la totalidad del monto adeudado por el demandado. Servirá como postura admisible para el Remate, la que cubra las dos terceras partes (2/3) del valor expresado, y éstas serán oídas hasta las cuatro de la tarde (4:00 p.m.) del día señalado y dentro de esta última hora en adelante, las pujas y repujas, hasta la adjudicación del bien al mejor postor. Para habilitarse como postor, se requiere consignar el diez por ciento (10%) de la base del remate, mediante Certificado de Garantía a favor del Tribunal. Se advierte que de no realizarse el remate en la fecha señalada por suspensión del despacho público decretado oficialmente, el remate se llevará a cabo el día hábil siguiente, sin necesidad de nuevo anuncio. Por tanto, se expide el presente aviso de remate, se fija en lugar público y visible de la Secretaría del Tribunal y copia del mismo se pone a disposición de la parte actora, para su publicación, hoy...

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