Avisos

Para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 777 del Código de Comercio, Eduardo Castro, hago el traspaso del Registro Comercial Tipo B, No. 286 a la Sociedad Inversiones Poo, S.A., con Ruc 1200108-1-581877. Eduardo Antonio Castro Castillero. L.201-249896. Tercera Publicación.

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Para dar cumplimiento a lo que establece el artículo 777 del Código de Comercio, comunico al público en general que se realiza el cambio de la Licencia Comercial Tipo B, No.1997, de propiedad de VIRGILIO VERGARA GONZALEZ, con cédula de identidad personal No.7-69-390, cuya dirección del negocio denominado CANTINA TRES HERMANOS, es Vía El Marañón, Los Asientos del Distrito de Pedasí, le será traspasado al señor ASMEL ROLANDO CORDOBA SUGASTI, con cédula de identidad personal No.7-92-383. Las Tablas, septiembre de 2007. Virgilio Vergara González, Céd.: 7-69-390. L.201-249905. Tercera Publicación.

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Para dar cumplimiento al artículo 777 del Código de Comercio, aviso al público que yo, CHAO TEN SU, con cédula de identidad personal No. N-12-435, propietario del establecimiento comercial denominado CANTINA Y RESTAURANTE ALEGRIA, ubicado en Calle 6 y 7 Ave. Central, No.6063 en la Provincia de Colón, amparado bajo la Licencia Comercial Tipo B 3-16689 de 12 de julio de 1994, traspaso el establecimiento comercial antes mencionado a CHUN YAN LIANG KONG, con cédula de identidad personal No. N-20-354. L.201-249339. Tercera Publicación.

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AVISO No.31 El suscrito JUEZ PRIMERO SECCIONAL DE FAMILIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA.- HACE SABER QUE: Dentro del proceso de INTERDICCIÓN propuesto por OLGA DEL ROSARIO DE SÁNCHEZ a favor de LILIA MARIA QUEZADA VDA. DE DEL ROSARIO, se ha dictado un auto cuya fecha y parte resolutiva es la siguiente: SENTENCIA No.300 JUZGADO PRIMERO SECCIONAL DE FAMILIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA. Panamá, tres (3) de mayo de dos mil siete (2007). VISTOS: Por lo antes expuesto, el suscrito JUEZ PRIMERO SECCIONAL DE FAMILIA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN LEGAL DE LILIA MARIA QUEZADA VIUDA DEL ROSARIO con cédula de identidad personal No.8-108-810. En consecuencia, se designa como tutora de la interdicta a su nieta, la señora JOHANNA ESTER SÁNCHEZ DEL ROSARIO, mujer, panameña, mayor de edad, con cédula de identidad personal No.8-259-685, quien deberá comparecer a este Despacho, a...

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