Avisos

AVISO. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 777 del Código de Comercio informo al público, que yo, VIVIANA GARCÍA CRUZ, con cédula 2-46-833, propiedad del negocio denominado JORÓN NUEVO HORIZONTE, ubicado en El Cortezo, corregimiento de Toza, distrito de Natá, negocio amparado bajo el registro típico B. No. 0751, traspaso a la señora MAGALIS VEGA QUEZADA, con cédula 2-116-981, el negocio antes mencionado. L. 201-308280. Segunda publicación

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SENTENCIA No.48

JUZGADO TERCERO DE CIRCUITO DE LO CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMÁ, Panamá, ocho (8) de septiembre de 2008.

VISTOS:

MARIE CLAIRE YVONNE BÖSCH GAVILLET, otorgó poder especial a la Firma Forense BUFETE IGRA para presentar Proceso no Contencioso de Presunción de Muerte, a fin de que se declare la presunción de muerte de su esposo HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH, ciudadano de Suiza, nacido el 9 de diciembre de 1946, banquero, con cédula de identidad personal panameña No. E-8-64486.

La petente fundamenta la demanda en los hechos que se sintetizan así:

El señor HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH, desapareció el día 13 de agosto de 1998, fecha en que fue visto por última vez y como consecuencia de ello, su esposa MARIE CLAIRE YVONNE BÖSCH GAVILLET presentó formal proceso no contencioso de Declaración de Ausencia, que quedó radicado en el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, el cual mediante Sentencia No. 29 de 20 de diciembre de 2001 declaró en estado de ausencia al desaparecido.

Que a la fecha 13 de agosto de 2003 el señor HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH cumplió cinco años de desaparecido.

El Ministerio Público en el año 2004, continuó con las investigaciones en torno a la desaparición de HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH, debido a que en un momento dado, dicha institución afirmó que había hallado unas osamentas que se pensaba era el cadáver de HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH. No obstante, esa institución se retractó de lo afirmado, al indicar que las osamentas halladas no pertenecían al mismo.

Que en virtud de lo anterior, continúa desaparecido HANS JÖRG BÖSCH o HANS JOERG BÖSCH, y en consecuencia, se desconoce su paradero y/o condición.

Respecto a la actuación del Ministerio Público, asegura que constituyen hechos públicos y notorios.

Con la demanda acompañó el siguiente material documental: Poder en inglés debidamente notariado y apostillado, con su traducción al español (fs 1-2), Copia autenticada...

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