Resolución S.B.P. Nº 161-2008 de 18 de junio de 2008, 'POR LA CUAL SE AUTORIZA A BAC INTERNATIONAL BANK, INC., A CERRAR EL CENTRO DE PRÉSTAMOS UBICADO EN PEREJIL, EDIFICIO RAFAEL, LOCAL #1, CORREGIMIENTO DE CALIDONIA, CIUDAD DE PANAMÁ, A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2008'

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S.B.P. No. 161-2008

(18 de junio de 2008)

El Superintendente de Bancos,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que BAC INTERNATIONAL BANK, INC. es una sociedad anónima constituida conforme a las leyes de la República de Panamá e inscrita en la Sección de Micropelículas (Mercantil) del Registro Público, a Ficha No.306017, Rollo 47101, Imagen 2, con Licencia Bancaria General concedida mediante Resolución No.37- 95 de 3 de octubre de 1995;

Que BAC INTERNATIONAL BANK, INC. en atención a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Ley 9 de 1998, ha presentado solicitud de autorización para cerrar, a partir del 1 de agosto de 2008, el Centro de Préstamos ubicado en Perejil, Edificio Rafael local #1, Corregimiento de Calidonia, ciudad de Panamá.

Que BAC INTERNATIONAL BANK, INC. ha previsto atender a los clientes de dicho Centro de Préstamos, a través de la Sucursal que el Banco mantiene en Vía España, Centro Comercial P.H. Plaza Doral, ciudad de Panamá.

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 17 del Decreto Ley No. 9 de 26 de febrero de 1998, corresponde al Superintendente de Bancos autorizar el cierre de establecimientos bancarios; y

Que, efectuados los análisis correspondientes, la solicitud de BAC INTERNATIONAL BANK, INC. no...

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