Resolución Nº 54/10 de 29 de abril de 2010, 'POR LA CUAL SE RECHAZA LA SOLICITUD PRESENTADA POR LA EMPRESA BICICLETAS DE ALQUILER, S.A. (BIDASA), PARA QUE SE LE RECONOZCA EL INCENTIVO DE EXONERACIÓN DE TODO IMPUESTO O GRAVAMEN SOBRE SU CAPITAL'.

RESOLUCION No. 54/ 10

De 29 de abril de 2010.

LA DIRECTORA DE DESARROLLO E INVERSIONES TURISTICAS DE LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluci�n No.23/2004 de 13 de febrero de 2004, la Junta Directiva del Instituto Paname�o de Turismo, actual Autoridad de Turismo de Panam�, aprob� la inscripci�n en el Registro Nacional de Turismo de la empresa BICICLETAS DE ALQUILER, S.A., (BIDASA) inscrita a Ficha 259603, Rollo 35338 e Imagen 2, de la Secci�n de Micropel�culas Mercantil del Registro P�blico, a fin de que la misma se pudiese acoger a los incentivos fiscales establecidos en el art�culo 17 de la Ley No. 8 de 14 de junio de 1994, para el desarrollo del proyecto de restaurante tur�stico denominado Restaurante Pencas, ubicado en el Complejo Tur�stico de Amador, frente a la Plaza de Las Banderas, en Boulevard Amador, Corregimiento de Anc�n, Distrito y Provincia de Panam�, con una inversi�n declarada de Un Mill�n Quinientos Treinta y Seis Mil Ochocientos Cinco Balboas con 00/100 (B/.1,536,805.00).

Que el proyecto tur�stico desarrollado por la empresa BICICLETAS DE ALQUILER, S.A., (BIDASA), se encuentra ubicado dentro de la Zona de Desarrollo Tur�stico denominada Zona 5 Metropolitana, declarada por el Consejo de Gabinete No. 251 de 27 de noviembre de 1996, modificada por la Resoluci�n No. 97 de 18 de junio de 1998 y Resoluci�n No. 34 de 28 de abril de 2004, por lo que la empresa se hizo acreedora a los incentivos fiscales establecidos en el art�culo 17 de la Ley 8 de 1994, a saber:

  1. Exoneraci�n total por el t�rmino de veinte (20) a�os del pago del impuesto de inmuebles sobre los terrenos y mejoras, que sean de su propiedad y que utilicen en actividades de desarrollo tur�stico.

  2. Exoneraci�n total por el t�rmino de quince (15) a�os del pago del impuesto sobre la renta derivado de la actividad de la empresa.

  3. Exoneraci�n total por el t�rmino de veinte (20) a�os del impuesto de importaci�n, contribuci�n o gravamen, que recaigan sobre la importaci�n de materiales, equipos, mobiliarios, accesorios y repuestos que se utilicen en la construcci�n, rehabilitaci�n y equipamiento del establecimiento, siempre y cuando, las mercanc�as no se produzcan en Panam� o no se produzcan en calidad y cantidad suficiente. Se entender� como equipo para los fines de esta Ley, veh�culos con capacidad m�nima de ocho (8) pasajeros, aviones, helic�pteros, lanchas, barcos o �tiles deportivos, dedicados exclusivamente a actividades tur�sticas.

  4. Exoneraci�n por veinte (20) a�os de los impuestos, contribuciones, grav�menes o derechos de cualquier clase o denominaci�n que recaigan sobre el uso de los muelles o aeropuertos construidos por la empresa. Estas facilidades podr�n ser utilizadas en forma gratuita por el Estado y de conformidad con el reglamento correspondiente.

  5. Exoneraci�n por veinte (20) a�os del pago del impuesto sobre la renta causado por los intereses que devenguen los acreedores en operaciones destinadas a inversiones en la actividad tur�stica a la que se dedicar�.

  6. Exoneraci�n del Fondo Especial de Compensaci�n de Intereses (FECI), normado por el Decreto Ejecutivo No. 79 de 7 de agosto de 2003.

  7. Exoneraci�n del pago del impuesto de Transferencia de Bienes Corporales Muebles.

Que mediante memorando No. 119-1-RN-173-10 de fecha 30 de marzo de 2010, el Departamento de Registro Nacional de Turismo, de la Direcci�n de Desarrollo e Inversiones Tur�sticas, remite el expediente de la empresa BICICLETAS DE ALQUILER, S.A. (BIDASA), a fin de que se eval�e la solicitud presentada por dicha empresa, para que se le reconozca...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR