Resolución S.B.P. Nº 318-2008 de 2 de diciembre de 2008, 'POR LA CUAL SE OTORGA PERMISO TEMPORAL, POR NOVENTA (90) DÍAS, A BANCO BOLIVARIANO (PANAMÁ), S. A. -EN FORMACIÓN-, PARA PROTOCOLIZAR E INSCRIBIR EN EL REGISTRO PÚBLICO LOS DOCUMENTOS RELATIVOS A SU CONSTITUCIÓN, PARA SOLICITAR POSTERIORMENTE LICENCIA GENERAL'.

República de Panamá

Superintendencia de Bancos

RESOLUCIÓN S.B.P. No. 318-2008

(de 2 de diciembre de 2008)

El Superintendente de Bancos Interino

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que BANCO BOLIVARIANO, C. A., sociedad constituida y organizada bajo las leyes del Ecuador, en su condición de Promotor, ha presentado a través de sus Apoderados Especiales, solicitud de Permiso Temporal a favor de BANCO BOLIVARIANO (PANAMÁ), S. A. -en formación-, para protocolizar e inscribir en el Registro Público los documentos relativos a su constitución, para solicitar posteriormente Licencia General;

Que bajo los criterios de análisis previstos para solicitudes de Permiso Temporal, la solicitud de BANCO BOLIVARIANO, C. A. no merece objeciones, y

Que de conformidad con el Artículo 16 de la Ley Bancaria, corresponde al Superintendente de Bancos resolver sobre la solicitud de BANCO BOLIVARIANO, C. A.

RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO

Otorgase Permiso Temporal, por noventa (90) días, a BANCO BOLIVARIANO (PANAMÁ), S. A. -en formación-, para...

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