Contrato Nº DALC-087-2004 de 9 de febrero de 2007, "CONTRATO ENTRE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL Y LA SOCIEDAD EDISON PLAZA, S.A."

CONTRATO No. DALC-087-2004

(Prorroga 2005)

Entre quienes suscriben, a saber RENÉ LUCIANI L., varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No.8-197-628, en su condición de DIRECTOR GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA CAJA DE SEGURO SOCIAL, quien en adelante se denominará LA CAJA, por una parte, y por la otra, JOSE EDMOND ESSES ESSES, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No.8-230-1783, en su condición de Apoderado General de la sociedad EDISON PLAZA, S.A., sociedad debidamente constituida según las Leyes de la República de Panamá, e inscrita en el Registro Público a Ficha 286421, Rollo 42062, Imagen 9, Sección de Micropelículas (Mercantil), quien en adelante se denominará EL ARRENDADOR, de común acuerdo convienen en celebrar el presente contrato de arrendamiento, con fundamento en la autorización de contratación y concepto favorable emitido mediante Nota CENA/651 de 22 de diciembre de 2006 y con la autorización del gasto emitida por la Junta Directiva de LA CAJA, a través de Resolución N°39,249-06J.D., de 05 de diciembre de 2006, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Declara EL ARRENDADOR que es propietario de las Fincas No.47652, 47653, 47654, 47655, 47656, 47657, 47658, 47659, 47660, 47661 y 47662 inscritas en el Registro Público al Documento 22898, Sección de Propiedad Horizontal, Provincia de Panamá.

SEGUNDA: Declara EL ARRENDADOR que da en arrendamiento a LA CAJA, las Fincas No. 47652 que constituye la oficina No. A.R. 1 del nivel 450; No.47653 que constituye la oficina No. A.R. 2 del Nivel 500 y de las Fincas 47654, 47655, 47656, 47657, 47658, 47659, 47660, 47661 y 47662 que constituyen las oficinas No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del Nivel 550, ubicadas en el P.H. EDISON CENTER, Vía Ricardo J. Alfaro, ciudad de Panamá, Provincia de Panamá, que constituyen un área total de 3,042 Mts2.

TERCERA: EL ARRENDADOR declara que el bien arrendado incluye aire acondicionado central, divisiones internas con sus respectivas puertas, salidas eléctricas, pisos importados, baños totalmente terminados, iluminación, sistema de alarma contra incendio, cielo raso suspendido.

CUARTA: EL ARRENDADOR se obliga a permitirle a LA CAJA, el goce pacífico del bien arrendado por el tiempo de vigencia del presente contrato, y, además, a:

Efectuar de forma inmediata y durante el período de duración del arrendamiento, las reparaciones necesarias, tanto en la parte interna como externa, a fin de conservar el inmueble...

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