Acuerdo Nº 13 de 24 de julio de 2008, 'POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA AL RÍO CALDERA Y SUS AFLUENTES PATRIMONIO NATURAL E HIDROLÓGICO DEL DISTRITO DE BOQUETE, DESDE SU NACIMIENTO HASTA EL PUENTE WILSON; Y SE DICTAN ACCIONES PARA SU PROTECCION, CONSERVACION Y APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE'.

REPUBLICA DE PANAMA

MUNICIPIO DE BOQUETE

CONCEJO MUNICIPAL

PROVINCIA DE CHIRIQUÍ

ACUERDO No. 13

(del 24 de Julio de 2008)

Por medio de la cual se declara el Río Caldera y sus afluentes patrimonio natural e hidrológico del Distrito de Boquete, desde su nacimiento hasta el Puente Wilson; y se dictan acciones para su protección, conservación y aprovechamiento sostenible.

El Concejo Municipal de Boquete, en uso de sus facultades legales y ;

Considerando:

Que el Río Caldera y sus afluentes constituyen parte de los principales recursos naturales e hídricos del Distrito de Boquete, y es la fuente para el abastecimiento y dotación de agua de consumo humano de sus habitantes.

Que el Río Caldera y sus afluentes, es considerado por la comunidad como parte del patrimonio Natural del Distrito y un bien emblemático atado a la cultura y al desarrollo del territorio en sus aspectos productivos y económicos.

Que de acuerdo a la Ley 44 de Agosto de 2002, "Que establece el régimen administrativo y especial, para el manejo, protección y conservación de las cuencas Hidrográficas de la Republica de Panamá", entre otros objetivos prevee la adopción de medidas que favorezcan la protección, conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos.

Que la Ley 41 del 01 de Julio de 1998 "Por la cual se dicta la Ley general del Ambiente y se crea la autoridad Nacional del Ambiente" dispone entre otros aspectos la generación de políticas públicas, tendientes a la preservación de los recursos naturales; y también responsabiliza a los Municipios de la gestión de los recursos naturales que forman parte de su territorio.

Que mediante Decreto Ejecutivo Nº.84 del 09 de Abril de 2007 "Que aprueba la política Nacional de los recursos hídricos y sus principios, objetivos y líneas de acción" Orienta, determina y establece las líneas de intervención, para la conservación, preservación y protección de las fuentes hídricas.

Que el Concejo Municipal de Boquete, respondiendo al clamor de la población en interés de garantizar, preservar, conservar el Patrimonio Natural del Distrito, en especial, el Río Caldera y sus afluentes, y en atención a lo que dispone el articulo 14 de la Ley 106 de 1973, que corresponde al Concejo regular la vida jurídica del Distrito:

Acuerda

Articulo Primero

Declarar al Río Caldera y sus afluentes patrimonio natural e hidrológico del Distrito de Boquete desde su...

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