Resolución Nº 037 de 29 de julio de 2009, 'POR LA CUAL SE APRUEBA LOS ESTABLECIMIENTOS CANADIENSES QUE SE ENCUENTREN EN EL LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS REGISTRADOS A NIVEL FEDERAL EN LA AGENCIA CANADIENSE DE INSPECCIÓN DE ALIMENTOS (CFIA) Y QUE SE DEDIQUEN A LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS CÁRNICOS DE ORIGEN PORCINO'.

REPÚBLICA DE PANAMÁ

AUTORIDAD PANAMEÑA DE SEGURIDAD DE ALIMENTOS

Resolución No. 037

(De 29 de julio de 2009)

El Consejo Científico y Técnico de Seguridad de Alimentos

En uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO

Que el Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006, crea la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de introducción de alimentos al territorio nacional, bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, tiene como objetivo principal proteger la salud humana, animal y el patrimonio vegetal del país, mediante la aplicación de las medidas sanitarias y fitosanitarias, relacionadas a la introducción de alimentos al territorio nacional.

Que el Decreto Ley No. 11 de 22 de febrero de 2006, en su artículo 6, numeral 6 establece que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, tendrá la competencia para aprobar la elegibilidad sanitaria y fitosanitaria de países, regiones, zonas, cadenas de producción y/o plantas que exporten alimentos hacia la República de Panamá.

Que existen empresas panameñas interesadas en la importación de alimentos de origen animal (productos cárnicos derivados de porcinos), originarios de Canadá.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, ha recibido diversas solicitudes para la aprobación de importación de productos cárnicos, derivados de porcinos, elaborados por distintas empresas Canadienses

Que Canadá, está incluido en el listado de países elegibles para la importación de productos cárnicos, derivados de porcinos, en cumplimiento del RESUELTO AUPSA -DINAN No.092 - 2007 (de 2 de marzo de 2007).

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos, mediante RESUELTO AUPSA - DINAN-017- 2009 de fecha 23 de Marzo de 2009, emitió el Requisito Sanitario para la introducción de Carne y Despojos de animales de la especie Porcina fresca, refrigerada o congelada para consumo humano.

Que la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos ha mantenido, desde entonces, una estrecha comunicación con la autoridad oficial competente de Canadá (Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos) para coordinar lo relativo a la realización de un "proceso evaluativo de la situación sanitaria de un conjunto de plantas de procesamiento de productos porcinos de Canadá y del sistema de inspección oficial canadiense", con miras al "reconocimiento de la equivalencia sanitaria del mismo mediante el sistema de pre-listado, específicamente para productos cárnicos crudos (refrigerados o congelados) derivados de porcinos".

Que en el artículo 25 del Decreto Ley 11 de 2006, se le otorga al Consejo Científico y Técnico de Seguridad de Alimentos, la función de "reconocer, mediante resolución, la equivalencia de una...

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