Resolución Nº 15/10 de 4 de febrero de 2010, 'POR LA CUAL SE ORDENA LA CANCELACIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO DE LA EMPRESA PANARANCH DEVELOPMENT, S.A.'.

RESOLUCION No. 15/ 10

De 4 de Febrero de 2010.

LA DIRECTORA DE DESARROLLO E INVERSIONES TURISTICAS DE LA AUTORIDAD DE TURISMO DE PANAMA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES

CONSIDERANDO:

Que a trav�s de la Resoluci�n No. 62/08 de 16 de diciembre de 2008, el Administrador General Encargado de la Autoridad de Turismo de Panam� resolvi� AUTORIZAR la inscripci�n en el Registro Nacional de Turismo de la empresa PANARANCH DEVELOPMENT, S.A., inscrita a Ficha 539595, Documento 1016965 de la Secci�n de Micropel�culas Mercantil del Registro P�blico de Panam�, para que la misma pueda acogerse a los beneficios fiscales establecidos en el Art�culo 1 de la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, para el desarrollo del proyecto de hospedaje p�blico tur�stico, bajo la modalidad de hotel, denominado VENTANAS AL PAC�FICO. La Resoluci�n No. 62/08 de 16 de diciembre de 2008, fue notificada el 16 de diciembre de 2008, a la apoderada legal de la empresa.

Que la Resoluci�n No. 62/08 de 16 de diciembre de 2008, se�ala que la empresa PANARANCH DEVELOPMENT, S.A., debe:

  1. Consignar en un t�rmino no mayor de treinta (30) d�as h�biles, ante la Autoridad de Turismo de Panam� / Contralor�a General de la Rep�blica, la Fianza de Cumplimiento por el uno por ciento (1%) de la inversi�n total, o sea, por la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS BALBOAS CON 00/100 (B/.224,900.00), de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 5 de la Ley No. 58 de 28 de diciembre de 2006, el cual establece las obligaciones que acepta cumplir la empresa solicitante. La fecha perentoria que manten�a la empresa para cumplir con esta obligaci�n era el 3 de febrero de 2009. A la fecha de la presente Resoluci�n han transcurrido doce (12) meses, sin que la empresa cumpliera con su obligaci�n de consignar las fianzas de cumplimiento.

  2. Cumplir con las obligaciones que se�ala la Ley No. 58 de 2006, entre las cuales se encuentra iniciar la construcci�n del establecimiento incentivado en un t�rmino de seis meses contados a partir de la fecha de inscripci�n en el Registro Nacional de Turismo.

Que mediante Memorando No. 119-1-RN-083-10 con fecha 27 de enero de 2010, la Direcci�n de Desarrollo e Inversiones Tur�sticas indica que la empresa PANARANCH DEVELOPMENT, S.A., no ha presentado su fianza de cumplimiento, que corresponde a una de las obligaciones, de conformidad con lo establecido en la Resoluci�n No. 62/08 de 16 de diciembre de 2008, se�alando igualmente, que la empresa no ha iniciado la...

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