Acuerdo Municipal Nº 11 de 12 de marzo de 2008, 'POR MEDIO DEL CUAL EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BARU DEROGA EL ACUERDO No. 12 DEL 22 DE MARZO DE 1996 Y EL ACUERDO No. 78 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2004, Y CREA EL IMPUESTO POR EL USO DE LAS TERMINALES DE ENTRADA Y SALIDA UBICADAS EN LOS SIGUIENTES PUNTOS DEL DISTRITO DE BARU: PASO CANOAS INTERNACIONAL, PUERTO ARMUELLES, CHARCO AZUL, LIMONES Y CUALESQUIERA OTRAS QUE SE CREEN EN EL FUTURO'

REPUBLICA DE PANAMA

CONSEJO MUNICIPAL

PUERTO ARMUELLES, DISTRITO DE BARU

TELEFAX 770-7463

ACUERDO No. 11

(De 12 de marzo de 2008)

"Por medio del cual el Consejo Municipal del Distrito de Barú deroga el Acuerdo No. 12 del 22 de marzo de 1996 y el Acuerdo No. 78 del 27 de octubre de 2004, y crea el impuesto por el uso de las terminales de entrada y salida ubicadas en los siguientes puntos del Distrito de Barú: Paso Canoas Internacional, Puerto Armuelles, Charco Azul, Limones y cualesquiera otras que se creen en el futuro"

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BARÚ, EN PLENO USO DE SUS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE LA LEY, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 12 del 22 de marzo de 1996, se fija el sello de Servicio Turístico, en el Distrito de Barú, áreas turísticas, puertos y aeropuertos, terminales en Puerto Armuelles;

Que es función del Municipio de Barú, de acuerdo con lo contemplado en el Artículo 17, numeral 8 de la Ley 106 de 1973, modificada por la Ley 52 de 1984, establecer impuestos, contribuciones, derechos y tasas, de conformidad con las leyes, para atender a los gastos de Administración, Servicios e Inversiones municipales;

Que el Acuerdo # 12 del 22 de marzo de 1996 dispone en su articulo primero lo siguiente: crear el sello de servicios turísticos, en el Distrito de Barú, en el puesto fronterizo de Paso Canoas y en los Puertos Terminales de Puerto Armuelles y Petro Terminal, cuyo valor nominal será de B/.1.00 por sello;

Que el Acuerda No. 78 del 27 de octubre de 2004 modifica parcialmente el precitado Acuerdo No. 12 del 22 de marzo de 1996, en su artículo segundo;

Que el Acuerdo No. 12 del 22 de marzo de 1996, contiene normas que no son cónsonas con la realidad impositiva del Distrito de Barú.

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO

Derogar, como en efecto se deroga el Acuerdo No. 12 del 22 de marzo de 1996 y el Acuerdo No. 78 del 27 de octubre de 2004, así como cualquier otra norma que le sea contraria;

ARTICULO SEGUNDO

Crear el impuesto por el uso de las terminales de entrada y salida ubicadas en los siguientes puntos del Distrito de Barú: Paso Canoas Internacional, Puerto Armuelles, Charco Azul, Limones y cualesquiera otras que se creen en el futuro;

ARTÍCULO TERCERO

Para efectos de realizar el cobro del precitado impuesto se crea el sello de Un Balboa (B/.1.00) por el uso de las terminales de entrada y salida ubicadas en los...

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