Resolución de Junta Directiva Nº 005-2006 de 17 de agosto de 2006, AUTORIZAR EL PRESTAMO 1724/OC-PN POR UN MONTO DE CINCO MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (US $5,000.000.00) PARA EL PROYECTO DE FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD DE GESTION DE LA AUTORIDAD MARITIMA DE PANAMA PARA EL MANEJO COSTERO INTEGRADO, OTORGADO POR EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

RESOLUCION J.D. No. 005-2006

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD MARITIMA DE PANAMA, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que con la creación de la Autoridad Marítima de Panamá se incorpora la Dirección General de Recursos Marinos del Ministerio de Comercio e Industrias a la cual, en esta nueva Autoridad, se le incluye el componente costero por lo que, en la actualidad, se denomina Dirección General de Recursos Marinos y Costeros.

Que con la inclusión del componente costero surge la necesidad de crear una legislación sobre esta materia, para regular el manejo de dichos recursos y las actividades que en función de ellas se realicen.

Que el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) establece que los Estados deberían, según proceda, elaborar marcos institucionales y jurídicos, con el fin de determinar los posibles usos de los recursos costeros y regular el acceso a los mismos, teniendo en cuenta los derechos de las comunidades costeras y sus prácticas habituales, en la medida en que sean compatibles con el desarrollo sostenible.

Que la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, por el cual se dicta la Ley General de Ambiente establece que los recursos marinos y costeros constituyen un patrimonio nacional y su aprovechamiento, manejo y conservación, estarán sujetos a las disposiciones que, para tal efecto, emita la Autoridad Marítima de Panamá.

Que en lo que respecta a la Conservación del Medio Ambiente, la Resolución de Gabinete No. 3 de 28 de enero de 2004, establece que es necesario apoyar el manejo integrado de las zonas costeras, cuyos componentes fundamentales sean la conservación, el uso sostenible de los recursos marinos y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que el Numeral 3 del Artículo 32 del Decreto Ley 7 de 10 de febrero de 1998, establece que es función de la Autoridad Marítima de Panamá a través de la Dirección General de Recursos Marinos y Costeros, el de ejecutar, dirigir, fiscalizar y evaluar los programas de manejo costero integral, de acuerdo a las políticas emanadas de la oficina del administrador.

Que la variable ambiental es un componente presente dentro de los Planes de Manejo Costero Integral, por lo que se hace necesario crear y fortalecer la Unidad Ambiental de la Autoridad Marítima de Panamá propiamente, como ente de coordinación interinstitucional para establecer mecanismos de coordinación, consulta, ejecución y de...

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