Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 10 de Septiembre de 1999

PonenteROGELIO A. FÁBREGA Z
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 1999
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

El licenciado M. De Souza Vieira, ha solicitado a la Sala Cuarta de Negocios Generales la tramitación de la Comisión Rogatoria librada por el Juzgado Quinto del Distrito de Managua, República de Nicaragua, a efectos de que se notifique la demanda sumaria de mayor cuantía que la sociedad anónima nicaragüense DISTRIBUIDORA NICARAO, S.A. ha interpuesto contra la sociedad anónima panameña COMPAÑÍA INTERAMERICANA GILLETTE, S.A.

Según establece el numeral 3 del artículo 101 del Código Judicial, le corresponde a la Sala Cuarta recibir exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y considerar si vulneran o no el orden público y, en el evento de que no lo vulneren, determinar el funcionario o tribunal que debe cumplirlo.

Le corresponde a la Sala determinar si existe entre la República de Panamá y Nicaragua convención suscrita relativa a exhortos y cartas rogatorias. En cuanto a esta materia, no existe convención suscrita entre ambos países, por lo que ante la inexistencia de convención alguna debe recurrirse al Código Judicial como fuente supletoria para el cumplimiento de la diligencia solicitada.

De acuerdo al derecho internacional, el exhorto o comisión rogatoria es parte de los medios típicos del auxilio judicial, que los jueces del proceso solicitan al juez extranjero que lo auxilien en una tramitación dentro de un negocio jurídico, ventilándose en el extranjero.

Observa la Sala que la documentación aportada por los interesados se encuentra debidamente legalizada, pues consta las autenticaciones en los documentos a diligenciar, lo cual presume que han sido expedidos conforme a la ley local del país requirente.

El objeto de la comisión rogatoria en estudio consiste en lo siguiente:

"Vista la demanda interpuesta por el D.E.C.R., Apoderado General Judicial de la "Distribuidora Nicarao Sociedad...

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