Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 24 de Abril de 1998
Ponente | FABIÁN A. ECHEVERS |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 1998 |
Emisor | Cuarta de Negocios Generales |
VISTOS:
El Ministerio de Relaciones
Exteriores, a través de la Directora General de Asuntos Jurídicos y Tratados,
ha remitido a esta Superioridad, Solicitud de Asistencia Internacional
Jurídicopenal identificada con el número 999, librada por la Fiscalía Regional
Delegada de Medellín, Colombia, dentro del proceso Nº 23.665 contra I.P.M..
En primer lugar, es importante
resaltar que la Sala Cuarta de Negocios Generales es el ente idóneo para
"Recibir los exhortos y comisiones rogatorias librados por tribunales
extranjeros y determinar su cumplimiento en el territorio nacional y el funcionario
o tribunal que debe cumplirlo", tal como lo estatuye el numeral 3 del
Artículo 101 del Código Judicial.
Observa la Sala que la solicitud
cumple con los requisitos indispensables de legalización, pues consta a foja 7
la correspondiente certificación consular, además, la documentación consta en
idioma español en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 864 del Código
Judicial.
Es relevante indicar que las
Repúblicas de Colombia y Panamá, son suscriptoras de la Convención
Interamericana sobre Recepción de Pruebas en el Extranjero, no obstante, ésta
no ha sido extendida a materias penales, tal como se infiere del artículo II
del mencionado instrumento, por lo que la asistencia internacional deberá
fundamentarse en el derecho panameño y en los principios de reciprocidad y
buena fe.
En este orden de ideas, resulta
trascendente mencionar que a foja 6 el Fiscal Regional Delegado de Medellín,
como autoridad emisora del presente suplicatorio, ofrece a las autoridades
panameñas "reciprocidad para los casos similares, conforme a la Ley
colombiana, tratados y costumbres internacionales".
La autoridad exhortante solicita en
su parte medular, lo siguiente:
...
Si el señor I.P.M. (al parecer ciudadano colombiano, natural
de Acandí (Chocó), sin más datos conocidos quien se conoce estuvo detenido
durante SIETE MESES en la Cárcel de la Ciudad de Panamá (Panamá), hace unos dos
años, fue o viene siendo procesado por TRÁFICO ILEGAL DE ARMAS DE GUERRA. En lo
posible se debe establecer si fue condenado o viene siendo investigado en ese
país por el delito de TRÁFICO ILEGAL DE ARMAS DESDE PANAMÁ-HASTA COLOMBIA, POR
LA COSTA DEL DARIÉN Y POR EL URABA ANTIOQUEÑO Y CHOCOANDO. En caso positivo
obtener ... toda la información referente a su filiación natural y las pruebas
que considere importantes (ENTRE ELLAS LAS COPIAS DE LAS VERSIONES O
INDAGATORIAS POR ESTE...
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