Sentencia de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 26 de Noviembre de 1993

PonenteARTURO HOYOS
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1993
EmisorCuarta de Negocios Generales

VISTOS:

Por conducto del Director del Departamento de Consular y Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, ha ingresado a la Sala Cuarta de Negocios Generales la comisión rogatoria No.1548, librada por el Juzgado Segundo de Instrucción de San José, Costa Rica, en la causa seguida contra M.Á.S., por el delito de tráfico internacional de drogas en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 101 del Código Judicial.

El presente exhorto tiene como finalidad obtener en nuestro país certificación de todo el proceso que se le sigue a B.C., en virtud de que según las autoridades costarricenses, este guarda relación con la causa a la cual se refiere la presente comisión rogatoria.

Para resolver conviene señalar que las Repúblicas de Panamá y Costa Rica son suscriptoras de la Convención Interamericana sobre exhortos y cartas rogatorias, aprobada en nuestro país por la ley 12 de 23 de octubre de 1975, por lo que dicha Convención es aplicable al exhorto planteado, conforme lo establece el artículo 2 de la misma.

Para determinar si es posible el cumplimiento de la carta rogatoria extranjera es importante verificar si ella no es violatoria del orden público panameño, en el caso de darse dicha violación, debe...

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