Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 20 de Mayo de 2011

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2011
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Licenciado Paule E.C.D., apoderado judicial de V.E.C.S., ha promovido Recurso de Casación en la forma y en el fondo contra la Resolución de 2 de diciembre de 2009, proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, que confirmó la decisión del inferior dictada dentro del Proceso No Contencioso de Deslinde y Amojonamiento incoado por su representado.

Cumplidas las reglas de reparto, el negocio se fijó en lista para que las partes alegaran en cuanto a la admisibilidad del Recurso presentado, siendo dicho término aprovechado por la representación judicial de la sociedad denominada WALLY'S WORLD, S.A. opositora al Recurso, así como por el Recurrente en Casación, tal como consta de fojas 226 a 229 y 236 a 239 del expediente.

La Sala procede al examen del Recurso, en atención a los requisitos contemplados en el artículo 1180 del Código Judicial, así como también a las exigencias formales establecidas en el artículo 1175 del Código Judicial.

En primer término, es oportuno destacar que el libelo de la Demanda (f.211) ha sido dirigido indebidamente al Magistrado Presidente del Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, contrario a lo que dispone el artículo 101 del Código Judicial, que señala que los negocios que hayan de ingresar por alguna razón a la Corte Suprema de Justicia, deberán dirigirse a los Presidentes de las Salas de ésta, en este caso, al Presidente de la Sala Primera de lo Civil de dicha Corporación Judicial. Tal circunstancia deberá ser corregida por el Recurrente.

En cuanto a la viabilidad del Recurso de Casación se ha podido verificar que el mismo fue anunciado y presentado en tiempo oportuno, por persona hábil; que la Resolución objeto del mismo es de aquéllas contra las cuales lo concede la ley, tanto por su naturaleza como por la cuantía del proceso; además se trata de una Sentencia de segunda instancia proferida por un Tribunal Superior.

Así las cosas, la Sala procede a examinar las Causales aducidas en el orden que fueron invocadas.

RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA

El escrito de formalización contiene un Recurso de Casación que invoca, en primer lugar, una Causal en la forma de la siguiente manera:

"Por no estar la Sentencia en consonancia con las pretensiones de la demanda o con las excepciones del demandado por que (sic) se resuelve sobre puntos que no han sido objeto de la Controversia."

Como puede verse, la Causal ha sido enunciada en forma errónea, pues es contraria a los términos que señala el numeral 7 del artículo 1170 del Código Judicial, disposición legal que contiene dos...

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