Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 2 de Octubre de 2014

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2014
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: A fin de emitir pronunciamiento de mérito, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer el recurso de casación interpuesto por DELOITTE, INC. en contra de la Sentencia de 12 de agosto de 2013 proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, en el proceso ordinario que le sigue a J. L. W.. ANTECEDENTES DELOITTE, INC. instauró demanda de mayor cuantía ante el Juzgado de Circuito, Ramo Civil, en turno, en contra de J. L. W., la cual quedó radicada en el Juzgado Undécimo de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá. La pretensión, objeto de dicha demanda, tenía a su vez, como objeto, que el juez de la causa condenase al demandado WILLIAMS a pagarle a la actora la suma de US$526,940.00 en concepto de lucro cesante por razón de la devolución de las sumas devueltas por la demandada a las empresas que requirieron sus servicios (US$82,425.00), debido al supuesto incumplimiento contractual de WILLIAMS en la realización de auditorías de estados financieros, más las sumas que la demandada calcula que recibiría de las empresas que dejaron de ser sus clientes, durante los próximos cinco años, a saber, B/.444, 515.00 a razón de B/.88,903.00 anuales. Como fundamento fáctico de su pretensión, señala la demandante que, como firma de contadores públicos autorizados, dedicada a realizar auditorías de los estados financieros a las empresas que requieran sus servicios profesionales, fue contratada por una serie de sociedades para realizar la auditoría de los estados financieros de estas y de sus filiales, correspondiente al período 2008. Para tal fin, DELOITTE, INC. designó al Licenciado J. L. W., con el propósito que, bajo su dirección, coordinación y responsabilidad, se desarrollaran los referidos trabajos de auditoría. En cumplimiento de lo acordado, el Licenciado WILLIAMS y un equipo de colaboradores de DELLOITE, INC. estuvieron revisando los soportes de auditoría en las instalaciones de las sociedades a las cuales se les brindaba el servicio de auditoría según lo expuesto. Agrega la demandante que el demandado, por aquel entonces, fungía como socio de DELOITTE, INC. A partir del 16 de octubre de 2009 el Sr. J.W. deja de laborar en DELOITTE, INC. y, posteriormente, lo hizo el equipo de colaboradores que estuvo atendiendo las labores de auditoría con el Sr. WILLIMS. Dos días después de la renuncia de WILLIAMS, este y su equipo de trabajo entregaron a DELOITTE, INC. los archivos de trabajo para...

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