Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 13 de Enero de 2014

Número de expediente185-11
Fecha13 Enero 2014

VISTOS: COMPAÑÍA DEL VALLE HENRÍQUEZ, sociedad debidamente inscrita en el Tomo 47, Folio 87, Asiento 1209 de la Sección de Micropelículas Mercantil en el Registro Público, por intermedio de su apoderada judicial, la firma forense SUCRE, ARIAS & REYES, interpuso recurso de casación en el fondo contra la Resolución de 14 de febrero de 2011, dictada por el Primer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá, en el cuaderno contentivo de la Medida Conservatoria y de Protección en General promovida por FUNDACIÓN HERMANOS DELVALLE contra COMPAÑÍA DEL VALLE HENRÍQUEZ S.A. La decisión impugnada en su parte resolutiva (fs. 93 a 100) indicó lo siguiente: "Dado lo anterior, el PRIMER TRIBUNAL SUPERIOR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA el Auto Nº 1136 del 30 de agosto del 2010, corregido mediante Auto Nº 1153 del 2 de septiembre de 2010, que a su vez fue corregido por el Auto Nº 1158 del 3 de septiembre del 2010 y el Auto Nº 1200 del 13 de septiembre del 2010, proferidos por el Juzgado Decimosexto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá, dentro de la Medida Conservatoria o de Protección en General presentada por la parte demandante dentro del Proceso Oral presentado por Fundación Hermanos Delvalle (sic) contra Compañía Delvalle(sic) H.S.A. Las costas quedan compensadas". Contra la decisión proferida, la apoderada judicial de COMPAÑÍA DEL VALLE HENRÍQUEZ S.A., anunció dentro del término de ejecutoria, recurso de casación, lo que motiva la apertura del término para la formalización del recurso, siendo presentado en tiempo oportuno, concediéndose el medio impugnativo por el Primer Tribunal Superior de Justicia, y su remisión a la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. Ingresado a esta Corporación, se fijó en lista el negocio a fin de cumplir con las alegaciones de admisibilidad, lo que fue aprovechado por ambas partes. Vencida esta fase procesal, analiza la Sala el recurso presentado a su consideración, lo que motiva la emisión de la Resolución de fecha 02 de febrero de 2012, que admite el primer concepto y ordena la corrección de la segunda y tercera modalidad del recurso, lo que en término oportuno cumplió el casacionista. Previa revisión del recurso corregido, resuelve la Sala a través de resolución de fecha 21 de marzo de 2013, admitir el recurso corregido, solamente con relación a la primera y tercera causal. Agotada la fase de alegatos de fondo, que fuese utilizado por ambas partes, se procede a dictar sentencia de mérito, no sin antes emitir las siguientes consideraciones: ANTECEDENTES La firma BERRIOS Y BERRIOS, en su condición de apoderada judicial de FUNDACIÓN HERMANOS DELVALLE, promovió proceso Oral de impugnación de actos y decisiones de asambleas generales y medida conservatoria y de protección en general con la finalidad de suspender los efectos de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la Compañía Del V.H.S.A., celebrada el 3 de mayo de 2010, protocolizada mediante Escritura Pública Nº 10, 450 de 5 de mayo de 2010 y del acta de la reunión de la Junta Directiva de la Compañía D.V.H., celebrada el 3 de mayo de 2010, y protocolizada mediante Escritura Pública 11248 del 17 de mayo de 2010, ambas expedidas por la Notaría Primera del Circuito de Panamá, en las que se escogió la Nueva Junta de Directores y la nueva Junta de Dignatarios; con el objeto de garantizar el resultado del proceso oral de impugnación de actas, aportando documentación que acredita lo pedido. Cumplidas las formalidades para la admisión de la...

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