Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 10 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2013
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: A fin de emitir pronunciamiento de mérito, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer el recurso de casación presentado por M.E.S. y MARCO A.S. en contra de la Sentencia de 28 de enero de 2011, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, en el proceso ordinario que le siguen a L.E.V.C., SUPER FIESTAS, S.A. y ESTABLECIMIENTO COMERCIAL CHANGARRO. ANTECEDENTES M.E.S. y MARCO A.S., mediante demanda instaurada ante el Juzgado Decimoséptimo de Circuito del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, solicitaron de dicho tribunal una serie de declaraciones respecto de L.E.V.C., SUPER FIESTAS, S.A. y el establecimiento comercial denominado CHANGARRO, las cuales tienen por objeto el reconocimiento de la supuesta obligación que pesa sobre los demandados, de pagar a los demandantes la suma de B/.25,500.00 en concepto de cánones de arrendamiento no pagados, daños y perjuicios, mas los intereses legales, costas y gastos del proceso, así como la restitución de bienes muebles. Como fundamento fáctico de su pretensión, señalan los demandantes que, entre las partes en el presente proceso, se suscribió un contrato de arrendamiento inmobiliario en virtud del cual, los demandantes arrendadores le facilitaron a los demandados arrendatarios, además del local, mobiliario y equipo con la finalidad de iniciar un negocio de restaurante y bar en el inmueble arrendado, al cual denominaron CHANGARRO. Continúa la actora señalando que los demandados dejaron de pagar el canon convenido y no han permitido a los demandantes retirar el mobiliario y equipo cedido, con los consecuentes daños y perjuicios. En su libelo de contestación, la demandada negó los hechos alegados por los demandantes y se opuso a las declaraciones solicitadas. Cumplidos los trámites procesales correspondientes a la instancia, el juez de la causa dictó la Sentencia No.43 de 19 de agosto de 2010, por la cual negó las declaraciones solicitadas por los demandantes. La anterior resolución fue apelada por los demandantes, alzada que fue sustentada en tiempo oportuno, seguida del libelo de oposición por parte de los demandados. Mediante Sentencia de 28 de enero de 2011 el Primer Tribunal Superior de Justicia confirmó el fallo de primera instancia. Es contra esta resolución que se interpone el presente recurso de casación, respecto del cual la Sala conoce y se apresta a decidir. RECURSO DE CASACION Y CRITERIO DE LA SALA El recurrente ha invocado la causal de fondo (infracción de normas sustantivas de derecho) en los conceptos de aplicación indebida y de violación directa, las cuales serán examinadas en el orden en que han sido expuestas. La aplicación indebida se fundamenta en un solo motivo, en el cual se le endilga a la sentencia recurrida el yerro consistente en la aplicación de las normas relativas a la nulidad absoluta en materia contractual a la falta de autorización por parte del arrendador, para la celebración de un contrato de subarrendamiento entre el arrendatario (subarrendador) y un tercero (subarrendatario), estimando así que se presentaba un "vicio de consentimiento". El casacionista estima infringidos los artículos 1112 y 1141 del...

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