Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 30 de Octubre de 2014

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2014
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: El licenciado O.G.H., en su condición de apoderado judicial sustituto de la señora L.M.R.G., ha interpuesto Recurso de Casación contra la Resolución de 31 de agosto de 2010, proferida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, la cual Confirma la Sentencia No. 37 de 14 de octubre de 2008, proferida por el Juzgado Quinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial, dentro del Proceso Sumario de Daños y Perjuicios propuesto por la señora L.M.R.G. contra la sociedad INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION. Esta S. Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante Resolución de 1 de septiembre de 2011, admitió el Recurso de Casación corregido, interpuesto por el licenciado O.G.H. en su condición de apoderado judicial sustituto de la señora L.M.R.G.. (fs. 214 a 216). Finalizada la fase de alegatos de fondo, la cual fue aprovechada por ambas partes del Proceso (fs. 220 a 222, 223 a 226), corresponde entonces decidir el Recurso impetrado, para lo cual se adelantan las siguientes consideraciones. ANTECEDENTES Los licenciados V.C. CASTILLO y O.G.H. apoderados judiciales de la señoraLUZ M.R.G., propusieron Proceso Sumario de Daños y Perjuicios contra la sociedad INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION. La Demanda respectiva se fundamentó en los siguientes hechos: PRIMERO: La empresa INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION, presentó formal denuncia por el delito de Estafa el día 13 de mayo de 2005, en el Centro de Recepción de Denuncia. SEGUNDO: Dicha denuncia provoco una investigación dirigida por la Fiscal Auxiliar de la República, quien ordena la indagatoria de nuestra representada donde se le confirman los cargos y se continúa la investigación en la Fiscalía de Circuito. TERCERO: Luego del estudio probatorio el Juzgado Décimo Cuarto de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, mediante Sentencia No.140 del 18 de octubre de 2006, dicto un fallo absolutorio a favor de nuestra patrocinada quedando debidamente ejecutoriada. CUARTO: Ante la denuncia que interpusiere INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION, nuestra representada en efecto a sufrido graves daños físicos, morales y económicos, motivados por una denuncia que carecía de todo fundamento. QUINTO: Lo justo en derecho y que hoy demandamos es que su Tribunal a través del presente Juicio Sumario haga justicia y se condene a la empresa INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION, por todos los daños y perjuicios ocasionados a nuestra representada, los cuales son de orden moral, psicológico y físicos, por razón de una denuncia injusta e infame de la cual quedo absuelta de toda responsabilidad. CUANTÍA: La suma de B/.500,000.00, (QUINIENTOS MIL BALBOAS 00/100) monedas de curso legal en los Estados unidos de América, más las costas y gastos que haya lugar hasta la cancelación del presente proceso. ..." (fs. 3 a 5) A través del Auto No. 1012 de 17 de octubre de 2007, proferido por el Juzgado Quinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial se admitió la Demanda Sumaria propuesta por la señoraLUZ M.R.G. contra la sociedad INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION. (f. 29). Luego de cumplidas las etapas procesales correspondientes, el Juzgado de primera instancia, mediante Sentencia No. 37 de 14 de octubre de 2008, resolvió lo siguiente: "... NIEGA la demanda SUMARIA, que L.M.R.G. promueve en contra de INTERNATIONAL THUNDERBIRD GAMING (PANAMÁ) CORPORATION. Sin imposición de costas por lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución. (fs. 83 a 92) La parte demandante recurrió a través de Recurso de Apelación contra la decisión del A quo, resolviendo la alzada el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, el cual mediante Resolución de 31 de agosto de 2010, Confirmó la decisión del Ad quo, expresando lo siguiente: "...CONFIRMA la Sentencia No. 37 de 14 de Octubre de 2008, proferida por el Juzgado Quinto de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de Panamá. ..." (fs. 160 a 173) Inconforme con el dictamen del Superior, el licenciado O.G.H., apoderado judicial sustituto de la parte demandante, formalizó el Recurso de Casación, el cual esta S. procede a resolver. EL RECURSO DE CASACIÓN El Recurso de Casación es en el fondo y consta de una C., la cual corresponde a la de "Infracción de normas sustantivas de derecho en concepto de error de hecho en cuanto a la existencia de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida", según lo contemplado en el artículo 1169 del Código Judicial. Esta C. de fondo es sustentada a través de un (1) Motivo que expone lo siguiente: "ÚNICO MOTIVO: El Primer Tribunal Superior de Justicia, al pronunciar el fallo mediante Sentencia de segunda instancia, incurre en error in iudicando con relación a la existencia de la prueba. Porque no se apreció una prueba fundamental que existe en el expediente, dispuesta a foja 44 y distinguida al punto E-4, la cual está contenida, dentro de la Sentencia PJCD-13-No. 022-2005 de cinco (5) de agosto de dos mil cinco (2005), dictada por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR