Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 10 de Marzo de 2014
| Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2014 |
| Emisor | Primera de lo Civil |
VISTOS: A fin de emitir pronunciamiento de mérito, la S. Civil de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer del recurso de casación en el fondo interpuesto por la firma forense WATSON & ASSOCIATES en representación de G.A.S., S.A. contra la Sentencia de 12 septiembre de 2012, dictada por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, dentro del proceso ordinario propuesto por G.A.S.,S.A. contra M.G.C.Y.M.G.C.. La resolución impugnada confirma la Sentencia No.70 de 18 de noviembre de 2011, dictada por el Juzgado Primero del Circuito de la Provincia de Chiriquí Ramo Civil, apoyándose en que no se puede acceder a la declaración de un derecho que no se ostenta debido a que G.A.S., S.A. no acreditó la tenencia, uso, goce y posesión, con ánimo de dueño, de manera pacífica e ininterrumpida de parte de la finca 31214, cuya parte resolutiva es del tenor siguiente: " Por tanto, el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, en Pleno, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia venida en grado de apelación. Se imponen costas de segunda instancia a cargo de la apelante, las que se fijan en la suma de B/.300.00 (trescientos balboas) ( fs. 375)" Contra esta resolución parcialmente reproducida es que se presenta el recurso de casación que se pasa a resolver. RECURSO DE CASACIÓN El recurso de casación se funda en dos causales de fondo, a saber: la causal de "infracción de normas sustantivas de derecho, por concepto de error de derecho en la apreciación de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la decisión impugnada" ylacausal de " infracción de normas sustantivas de derecho en el concepto de error de hecho sobre la existencia de la prueba, que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida", las cuales serán examinadas en el orden que fueron presentadas. La primera causal, "Infracción de normas sustantivas de derecho, por concepto de error de derecho en la apreciación de la prueba, lo que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida", se fundamenta en los motivos a continuación transcritos: " PRIMERO: El Tribunal Superior mediante sentencia recurrida, negó la pretensión de nuestro representado de que este ha adquirido por prescripción adquisitiva extraordinario de dominio el área superficiaria de 9 hectáreas con 6423.63 mts2 de la finca No. 31214 sobre la cual subyace o se traspola la Finca de su propiedad No. 47596, por considerar erróneamente que la valoración del caudal probatorio incorporado al proceso, no demuestran el lapso de la posesión del inmueble por más de 15 años y que esta posesión ha sido de manera pública, pacífica e ininterrumpida, no obstante los testimonios que obran en el proceso de fojas 92-97, 99-103, 104-108, 111-115, 116-124, 127-131, 316-326, y 201 a 207 demuestran todo lo contrario y que la posesión de esa porción de terreno de la Finca No. 31214 ha sido por más de 15 años y de manera pacífica, ininterrumpida y pública, situación que viola el deber del juzgador de apreciar la fuerza de los testimonios de conformidad con la regla de la sana crítica y las circunstancias, motivos y demás pruebas que corroboran los mismos, lo que influyó en lo dispositivo de la sentencia recurrida. SEGUNDO: La sentencia dictada por el Tribunal Superior negó la prescripción adquisitiva pretendida por nuestro representado fundamentando su decisión en una errónea e incorrecta valoración del testimonio rendido por los P.A.R., C. CASTILLO Y H.S. que consta de fojas 201-207 del expediente que trata sobre la Inspección Judicial realizada sobre las dos fincas en disputas en el que contrario a lo aseverado por el Tribunal Superior, de tales testimonio se desprende que en efecto la demandante estuvo dando uso pacifico de vieja data, pública y de manera pacífica e ininterrumpida a la Finca 47596, y en consecuencia a la Finca 31214, dedicándola a la ganadería por más de 15 años, hechos estos que no obstante, de acuerdo a la sentencia recurrida no fueron probados mediante las pruebas señaladas, conclusión que como consecuencia de una indebida valoración influyó de manera sustancial en lo dispositivo de la resolución recurrida. TERCERO: El Tribunal Superior, mediante la sentencia recurrida y como consecuencia de una indebida apreciación de los documentos que constan a fojas 224-225, concluye que los mismos arrojan o demuestran situaciones adversas a las planteada o afirmadas por la parte demandante en sus pretensiones a prescribir parte de la finca 31214, cuando en realidad tales documentos que consisten en certificaciones del Registro Público, son documentos públicos demostrativos del reconocimiento legal de los derechos posesorios y de propiedad que ostenta la demandante G.A.S., S.A. sobre la Finca 47596, la superficie de la misma cuya posesión y titularidad reclama sobre la Finca 31214 por estar sobrepuesta a esta, la fecha de su posesión legal y constancia del documento que le dió origen, documentos estos que de haberse valorado correctamente y de acuerdo a la sana crítica, hubiese determinado que la posesión de la Finca 31214 a través de la Finca 47596 data de más de 15 años anteriores a la presentación de la demanda y que la misma se había iniciado sin interrupción con personas distintas a su actual propietario, no obstante su error valorativo lo indujo negar la prescripción adquisitiva, influyendo así de manera directa en lo dispositivo de la resolución recurrida. CUARTO: El Tribunal Superior al negar la prescripción adquisitiva mediante la sentencia recurrida lo hizo bajo el error de valorar indebidamente los dictámenes Periciales resultantes de la Inspección Judicial practicada, por los P.A.R. 8fs. 148-149), C. CASTILLO Y H.D.S. (fs. 159 a 164), experticias estas a las que no otorga todo el valor probatorio que amerita en conjunción con otros elementos probatorios, y por el contrario valora indebidamente al considerar que no se acreditó la posesión, a pesar de que esta pruebas son demostrativa de que las fincas 47596 y la 31214 están traslapadas y que desde el año 2000 la finca 47596 se inscribió con su área superficiaria, consecuencia de la posesión ejercida anteriormente desde hace más de 15 años de manera pública e ininterrumpida sobre la superficie o parte del área superficiaria que después pasa a ser la finca 31214, error de apreciación probatoria en que incurrió el Tribunal, lo que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo recurrido, al negar la prescripción pretendida. En atención a estos desaciertos probatorios, la casacionista considera infringidos los artículos 781, 917, 836 y 980 del Código Judicial, así como en los artículos 415,416,423, 1679,1696 y 1697 del Código Civil. DECISIÓN DE LA SALA De lo que viene expuesto se colige que la censura cuestiona el valor probatorio otorgado por el Tribunal Superior a los testimonios rendidos por los testigos G.M.V.C. DE AIZPURUA ( fs. 92-97), M.M.A.V. (fs. 99-103), Á.S.L.Y. (fs. 104-108), J.L. NÚÑEZ (fs. 111-115), M. DE LOS ÁNGELES P.A. (fs. 116-124), N.S.S. (fs.127-131), E.R.C.L. (fs. 316-326) y por los peritos A.R., C.C. y H.D.S. (fs.201 a 207), así como a los Certificaciones de Registro Publico sobre las fincas 47596 y 31214 (fs. 224-225) y dictámenes periciales rendidos por los señores A.R., C.C. y H.D.S. (fs. 148-149; fs.159-164), por considerar que dicho caudal probatorio demuestra todo lo contrario a lo aseverado por el Tribunal Superior, toda vez que los testimonios acreditan que la demandante ha ejercido la posesión por más de 15...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.