Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 24 de Enero de 2014

Fecha de Resolución24 de Enero de 2014
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: En el recurso de casación propuesto por la firma forense BERRIOS & BERRIOS, en representación de MODAS CARIBE, S.A., SIEMPRE PURA MODA, S.A., L.P., S.A. y ESTABLECIMIENTO COMERCIAL MÁS MODA FASHION STORE, contra la sentencia de 5 de diciembre de 2011, proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, dentro del proceso ordinario que contra las recurrentes instauraron FRIBLASSER, S.A. y DUMVERD, S.A., procede la Sala a dictar la sentencia de mérito. La resolución impugnada en casación modifica la sentencia N°119 de 20 de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado Segundo del Circuito de Veraguas, Ramo Civil, en cuanto a la condena en costas impuesta a la parte demandante y confirma en todo lo demás. Vale acotar, que las objeciones que en apelación le formula la parte actora FRIBLASSER, S.A. y DUMVERD, S.A. a la decisión de primera instancia se centran en la exoneración de la condena al pago de indemnización de los daños y perjuicios reclamados por la parte demandante en contra de los demandados y lo pertinente a la condena en costas que le fueron impuestas por el fallo de primera instancia. Pues bien, el fallo recurrido en casación con respecto a la indemnización de daños y perjuicios mantiene la decisión de primer grado, como se indicó, mientras que en lo atinente a las costas fijadas a las sociedades demandantes se modifican estas, por estimar el ad-quem que resultan excesivas y desproporcionadas con respecto a la condena en costas impuesta a las demandadas, teniendo en cuenta las gestiones que tuvo que adelantar la parte actora para el reconocimiento de su derecho. Conviene reproducir la decisión en lo medular: "Centrándonos en el punto específico de la apelación de la demandante, lo cual gira en torno a los daños y perjuicios que según la recurrente fue víctima su representada, además de las costas impuestas, lo cual obliga al Tribunal a revisar ésta, en conjunto con las demás pruebas presentadas para apoyar su reclamo. ... En el proceso se pueden apreciar una serie de hechos que interpretados según las reglas de la sana crítica nos llevan a la conclusión de que la parte demandante no probó en sí, cuales fueron los daños y perjuicios que según ella, le causaron a su representada, lo cual es uno de los puntos que apela la recurrente, además de las costas que le fueron impuestas. Este Tribunal comparte lo manifestado por la Juez A-quo en cuanto a la petición que se le indemnice por los daños causados producto del alegado incumplimiento del arrendatario y a los actos de fraude que según la recurrente se cometió, si bien fue parte de las declaaciones que pide, en los hechos de la demanda no menciona en que consistieron los daños...

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