Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 19 de Octubre de 2015

PonenteOydén Ortega Durán
Fecha de Resolución19 de Octubre de 2015
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS: La firma RIVERA, BOLÍVAR Y CASTAÑEDAS, actuando como apoderada judicial de MI BENJAMINA, CORP., ha interpuesto Recurso de Casación contra la Resolución de 13 de marzo de 2015, emitida por el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, la cual reforma la Sentencia No. 37/227-08 de 30 de agosto de 2010, proferida por el Juzgado Tercero de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial, dentro del Proceso Sumario de división y venta de bien común interpuesto por el N. D'ANELLO E HIJOS, S.A., contra MI BENJAMINA CORP. Ingresado el negocio en la S. Civil y previo reparto de rigor, se fijó en lista por el término establecido en el artículo 1179 del Código Judicial para que las partes presentaran sus alegatos sobre la admisibilidad del Recurso, término este que fue aprovechado por la parte demanda del Proceso. Se advierte que el Recurso de Casación fue anunciado e interpuesto por persona hábil, dentro del término especificado por la Ley, conforme lo establecen los artículos 1173, 1174 y 1180 del Código Judicial y que la Resolución impugnada es susceptible de dicho medio extraordinario de impugnación, tanto por su naturaleza y cuantía. Por consiguiente, esta S. procede a determinar si el presente Recurso reúne los requisitos formales establecidos en el artículo 1175 del Código Judicial, necesario para ser admitido. El presente Recurso está dirigido correctamente al Presidente de la S. Civil de la Corte Suprema de Justicia, tal como dispone el artículo 101 del Código Judicial. El Recurso de Casación es en el fondo y se invoca dos (2) conceptos de la Causal de fondo a saber: Error de derecho en cuanto a la apreciación de la prueba y Violación directa. La cual será examinada por esta S. a continuación. PRIMERA CAUSAL DE FONDO: La Recurrente invoca el primer concepto de fondo de la siguiente manera: "INFRACCIÓN DE NORMAS SUSTANTIVAS DE DERECHO POR ERROR DE DERECHO EN CUANTO A LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida", según lo contemplado en el artículo 1169 del Código Judicial. Al analizar los dos (2) Motivos en que se sustenta la Causal de fondo, esta Superioridad aprecia que el primer Motivo contiene cargo de ilegalidad contra la Sentencia de segunda instancia, al igual que se identifica la prueba consistente en los informes periciales de los peritos E.A. y D.A. que se consideran valoradas incorrectamente. Asimismo, se señaló qué demuestran las pruebas y cómo el...

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