Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 24 de Mayo de 2019

PonenteSecundino Mendieta
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2019
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

Proveniente del Tribunal Superior de Familia, ha ingresado para decidir sobre la admisibilidad, el expediente contentivo del recurso de casación propuesto por la firma forense WONG SÁNCHEZ & ASSOCIATES, en representación de J.D.R., contra la resolución de fecha 21 de mayo de 2018, emitida por el Tribunal Superior de Familia dentro del Proceso de Divorcio propuesto por el recurrente contra Y.I.T.V..

Realizado el trámite de reparto, el negocio fue fijado en lista para que las partes alegaran sobre la admisibilidad del recurso (art.1179 del Código Judicial), término que sólo fue aprovechado por el representante judicial del impugnante (fs.649-650).

Seguidamente, se le corrió traslado del Recurso de Casación a la Procuraduría General de la Nación por el término de tres días, con el objeto de que emitiera concepto en cuanto a la admisión; en atención a ello produjo la Vista No.15 fecha 5 de octubre de 2018. (fs.652-655 y reverso)

Una vez cumplido con el trámite correspondiente, la S. procederá a examinar el libelo de formalización del recurso casación (fs.635-642), para determinar el cumplimiento de los requisitos sobre la admisibilidad, que regulan los artículos 1180 y 1175 del Código Judicial.

Con respecto a lo anterior, la S. se percata que la resolución recurrida es susceptible de casación por su naturaleza, al tratarse de una resolución dictada dentro de un proceso de divorcio, tal como lo prevé el artículo 756 del Código de la Familia. Asimismo, se corroboró el cumplimiento de los términos establecidos en los artículos 1173 y 1174 del Código Judicial.

Además, el Recurso de Casación se ha dirigido al Presidente de la S. Civil de la Corte Suprema de Justicia, tal como dispone el artículo 101 del Código Judicial.

Por lo que a continuación se procederá a realizar el correspondiente análisis de la causal de fondo invocada.

CAUSAL DE FONDO

La modalidad de fondo invocada en el presente recurso de casación es la siguiente: "Infracción de normas sustantivas de Derecho, por error de Derecho en la apreciación de la prueba, la cual influyó sustancialmente en lo dispositivo de la Resolución recurrida. La causal se encuentra fundamentada en el artículo 1169 del Código Judicial de la República de Panamá" (f.635).

Esta causal probatoria ha sido sustentada por cinco (5) motivos. En los cuatro primeros motivos se identifican los medios de pruebas y los folios donde se encuentran ubicados dentro del expediente. Sin embargo, la exposición son meras...

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