Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Mayo de 2021

PonenteAngela Russo de Cedeño
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2021
EmisorPrimera de lo Civil

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Primera de lo Civil

Ponente: A.R. de Cedeño

Fecha: 18 de mayo de 2021

Materia: Civil

Casación

Expediente: 272692020

VISTOS:

A fin de emitir pronunciamiento de mérito, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer el recurso de casación presentado por NOMBRE 1 en contra de la Sentencia de 5 de diciembre de 2019 proferida por el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial, en el proceso de oposición a título que NOMBRE 2 le sigue a la recurrente.

ANTECEDENTES

NOMBRE 2 entabló proceso de oposición a título, el cual quedó radicado en el Juzgado Primero Agrario de la provincia de Chiriquí.

En su libelo de demanda, NOMBRE 2 solicitó al juez de la causa que declare que dicha opositora es la titular de los derechos posesorios respecto del bien inmueble cuya titulación reclamaba NOMBRE 1 ante la Autoridad Nacional de Administración de Tierras.

Como fundamento fáctico de su pretensión, señala la demandante que NOMBRE 1 solicitó ante la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, la adjudicación de la plena propiedad sobre un globo de terreno ubicado en Chorcha Abajo, Corregimiento de Chiriquí, Distrito de D., Provincia de Chiriquí, cuyos derechos posesorios le había vendido previamente a NOMBRE 3, y esta, a su vez, había vendido dichos derechos a NOMBRE 2. Concluye señalando la opositora en su libelo de demanda, que desde que adquirió el terreno, es ella quien le ha dado limpieza y mantenimiento a dicho terreno, siendo la única persona que le ha dado el uso y la función social que exigen la Constitución y la Ley.

Mediante Sentencia No.69 de 9 de noviembre de 2018, el a quo declaró probada la pretensión de la demandante.

Dicha resolución fue apelada por la demandada, y dicha alzada fue sustentada en tiempo oportuno.

Mediante Sentencia de 5 de diciembre de 2019 el Tribunal Superior del Tercer Distrito Judicial confirmó la sentencia de primera instancia.

Es contra esta resolución que se interpone el presente recurso de casación, el cual la Sala conoce y se apresta a decidir.

RECURSO DE CASACION Y CRITERIO DE LA SALA

La recurrente ha invocado la causal de forma: "Por no estar la sentencia en consonancia con las pretensiones de la demanda porque se resuelve sobre punto que no ha sido objeto de la controversia".

Dicha causal se sustenta en dos motivos que, en general, le endilgan a la sentencia recurrida el yerro consistente en haberse basado en la posesión...

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