Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 27 de Mayo de 2021

PonenteHernán A. De León Batista
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2021
EmisorPrimera de lo Civil

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Primera de lo Civil

Ponente: H.A. De León Batista

Fecha: 27 de mayo de 2021

Materia: Civil

Casación

Expediente: 710562020

Vistos:

Mediante resolución de 24 de febrero de 2021, la S. Primera de la Corte Suprema de Justicia, ordenó la corrección del concepto de violación directa de la norma de derecho invocado en el recurso de casación interpuesto por el licenciado E.H.C.R., en representación judicial de NOMBRE 1, contra la Resolución No.47 de fecha 11 de agosto de 2020, emitida por el Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, dictada dentro del proceso ordinario interpuesto por la recurrente contra la CORPORACIÓN MARICAR, S.A.

La censura presentó el escrito de corrección dentro del término de los cinco (5) días, que señala el artículo 1181 del Código Judicial (fs.150-159). Vencido dicho plazo legal, la S. procede a verificar si realizó las correcciones ordenadas para proceder a decidir la admisibilidad definitiva que corresponde.

Al adentrarnos al estudio de la prenombrada resolución, se observa que lo ordenado por esta S. a corregir consistía en lo siguiente: adicionar a la explicación del primer motivo cómo influyó el supuesto vicio de ilegalidad en lo dispositivo de la resolución impugnada; y que reformara la redacción del segundo motivo, a fin de que señale de manera clara y específica cómo fue que el Tribunal Superior desconoció o ignoró dicho precepto legal y cómo ese error incidió en lo dispositivo del fallo impugnado.

Otra falencia que se le indicó a la casacionista que subsanara en el escrito del recurso de casación original, era que transcribiera de forma completa el contenido de las disposiciones citadas como infringidas, para que las mismas cumplan con los formalismos requeridos para este apartado del recurso (citación y explicación de las normas de derecho infringidas y explicación de cómo lo han sido).

Consideramos oportuno recordar, que...

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