Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 1ª de lo Civil, 28 de Diciembre de 2007

PonenteJosé A. Troyano
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2007
EmisorSala Primera de lo Civil

VISTOS:

El licenciado J.A.P., actuando en su condición de apoderado judicial de J.R.R.T., ha interpuesto recurso de casación civil contra la resolución de 14 de mayo de 2007, proferida por el Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, en el incidente de excepción propuesto por el recurrente dentro del proceso ejecutivo que M.I.C.G. le sigue a J.R.R.T. y AGRÍCOLA SANTA TERESA, S.A.

Cumplidos los trámites procesales correspondientes, procede la Sala a revisar el recurso de casación, con el objeto de determinar si cumple con los requisitos legales contemplados en los artículos 1175 y 1180 del Código Judicial, necesarios para ser admitido.

Al respecto, se ha podido constatar que el recurso fue anunciado y presentado en tiempo oportuno, por persona hábil y que la resolución impugnada es recurrible en casación, toda vez que se trata de una sentencia dictada en segunda instancia por un Tribunal Superior, que decide una excepción en un proceso ejecutivo, tal como lo establece el numeral 1 del artículo 1164 del Código Judicial; al igual que se cumple con el requisito que establece el artículo 1163, numeral 2 ibídem, con respecto a la cuantía exigible para poder atender esta clase de medio impugnativo.

En el libelo de formalización del recurso, se invoca como única causal de fondo, "infracción de normas sustantivas de derecho, por el concepto de violación directa que ha influido sustancialmente en lo dispositivo de la resolución recurrida", la cual se encuentra consagrada en el artículo 1169 del Código Judicial.

De igual manera, luego de un examen formal, observa la Sala que los motivos, así como las disposiciones legales que se consideran infringidas y su...

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