Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 23 de Octubre de 2008

PonenteHarley J. Mitchell D.
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2008
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

El Magistrado Alberto Cigarruista ha presentado ante los demás Magistrados que integramos la Sala Primera de lo Civil, escrito mediante el cual solicita se le declare impedido para conocer del Recurso de Casación, en la Excepción de Cosa Juzgada promovida por la parte de demandada, dentro del proceso ordinario incoado por FORMAS UNIVERSALES, S.A., contra el BANCO MERCANTIL DEL ISTMO, S.A.

Expone el Magistrado Cigarruista que le está vedado conocer del negocio in examine, toda vez que el D.V.T., suplente personal en el despacho a su cargo, es el P. y R.L. de la sociedad demandante, según se acredita a fojas 157-158 del cuadernillo de excepción.

De otro modo añadió, que le une un vínculo de amistad de muchos años con el D.V.T..

Luego entonces, solicita se declare legal el impedimento manifestado puesto que estima, se configuran las causales 5 y 13 del artículo 760 del Código Judicial, que a la letra dicen:

Ningún magistrado o juez podrá conocer de un asunto en el cual esté impedido. Son causales de impedimento:

...

5. Haber intervenido el juez o magistrado, su cónyuge o alguno de sus parientes dentro de los grados indicados, en el proceso, como juez, agente del Ministerio Público, testigo, apoderado, o asesor, o haber dictaminado por escrito respecto de los hechos que dieron origen al mismo;

13. Estar vinculado el juez o magistrado con una de las partes por relaciones jurídicas susceptibles de ser afectadas por la decisión.

Dadas las consideraciones esbozadas, estimamos como probada la causal de impedimento invocada por el Magistrado Cigarruista, contenida en el numeral 13 del artículo 760 del Código Judicial, por lo que procede declarar legal el...

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