Sentencia Civil de Corte Suprema de Justicia (Panama), 1ª de lo Civil, 18 de Junio de 1993

PonenteRAÚL TRUJILLO MIRANDA
Fecha de Resolución18 de Junio de 1993
EmisorPrimera de lo Civil

VISTOS:

La resolución de esta Sala de Casación Civil de fecha 26 de marzo de 1993, ordenó a la parte casacionista que corrigiera el recurso extraordinario de casación, en el fondo, propuesto por M.J.Z.A. dentro del proceso de divorcio que le sigue a M.J.C.. Consta a foja 187-188 de este negocio, el informe secretarial, el cual señala que la corrección del recurso se efectuó en tiempo oportuno, motivo por el cual se pasa a resolver la admisibilidad definitiva del mismo, tomando en cuenta para ello lo prescrito en los artículos 1160 y 1165 del Código Judicial.

La resolución objeto del recurso es de aquellas contra las cuales lo conceda la ley.

El recurso se anunció y formalizó en tiempo. El escrito por medio del cual se formalizó el recurso reúne, de manera general, los requisitos...

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