Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 12 de Marzo de 2015

PonenteAbel Augusto Zamorano
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado P.N.F., actuando en representación de J.R.L., ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia de 18 de noviembre de 2014, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial dentro del proceso laboral de solicitud de autorización de despido del trabajado J.R.L. presentado por la empresa BIMBO DE PANAMÁ, S.A. En el expediente laboral que sirve de antecedente, se aprecia que la empresa presentó el 18 de noviembre de 2013 ante el Juez Segundo de Trabajo de la Primera Sección, y repartida al Juez Primero de Trabajo de la Primera Sección, el mismo día, solicitud de autorización de despido del señor R.L., conforme lo dispone el artículo 441 del Código de Trabajo, al considerar que incurrió en la causa justa de despido contenida en el numeral 8 del Acápite A del artículo 6 del Código de Trabajo, ya que el mismo se encontraba investido de fuero de negociación, como consecuencia de la presentación, el 20 de junio de 2013, de un pliego de peticiones para la negociación de la Nueva Convención Colectiva entre el Sindicato Industrial Nacional de Trabajadores de la Harina y Afines (SITHA) y la empresa BIMBO DE PANAMÁ, S.A. De lo expuesto se observa que, la decisión del Tribunal Superior de Trabajo, como tribunal de segunda instancia, surge dentro de un proceso de solicitud de autorización de despido por fuero de negociación; no obstante, al examinar el artículo 925 del Código de Trabajo, que enuncia los casos en los cuales puede accionarse el recurso extraordinario de casación, su tenor es el siguiente: "Artículo 925. El recurso de casación laboral puede interponerse contra las sentencias y los autos que pongan fin al proceso o imposibiliten su continuación, dictados por los Tribunales Superiores de Trabajo en cualquiera de los siguientes casos: 1) Cuando hubieren sido pronunciados en conflictos individuales o colectivos con una cuantía mayor de mil balboas; 2) Cuando se relacionen con la violación del fuero sindical, gravidez, riesgo profesional o declaratoria de imputabilidad de huelga, con independencia de la cuantía; 3) Cuando se decrete la disolución de una organización social." Como se aprecia en la norma citada, las sentencias dictadas por los Tribunales Superiores de Trabajo dentro de los procesos laborales que tengan como sustento el fuero de negociación no son materia susceptible de casación laboral, ya que este tipo de procesos no fue incluido por el legislador en el artículo 925 del Código...

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