Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 17 de Febrero de 2014

PonenteLuis Ramón Fábrega Sánchez
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2014
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El Licenciado T.L., actuando en representación de C.I.H., ha presentado recurso de casación laboral contra la "Sentencia de 18 de marzo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo de Trabajo de la Primera Sección, que fuese confirmada, con salvamento de voto, por la Sentencia de Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, de 15 de mayo de 2013", dentro del proceso laboral que promoviera contra Distribuidora PH, S.A. y/o M.P., S.A., y/o Industrias PC, S.A. I. LA SENTENCIA IMPUGNADA La resolución cuya revocatoria se solicita a esta S., resuelve lo siguiente: "1. Declarar probada la excepción de prescripción de la acción intentada por C.I.H.S. contra MATERIALES PH, S.A.; 2. Declarar no probada la relación laboral entre C.I.H.S. y DISTRIBUIDORA PH, S.A. e INDUSTRIAS PC, S.A. en reclamo del pago de B/.53,813.15 correspondientes a la prima de antigüedad, vacaciones y décimo tercer mes, ambos vencidos y proporcionales al no probar el reclamante los hechos en los cuales fundamentó su pretensión" (f. 279 del proceso laboral). II. ANTECEDENTES RECURSO. El presente recurso extraordinario tiene su génesis en el proceso común de trabajo que entablara el señor C.I.H.S., a fin de obtener el pago de cincuenta y tres mil ochocientos trece balboas con quince centésimos (B/.53,813.15) en concepto de prestaciones laborales adeudadas por sus empleadoras. Para fundamentar su pretensión, sostuvo que después de haber sido despedido injustificadamente, no se le cancelaron los derechos adquiridos que a continuación se detallan: vacaciones vencidas y proporcionales, décimo tercer mes vencido y proporcional y prima de antigüedad (fs. 2 del proceso). La parte empleadora (Distribuidora PH, S.A. e Industrias PH, S.A.) utilizó el término de Ley para oponerse a la demanda presentada, arguyendo que no le adeudaba al trabajador ninguna prestación producto de la relación laboral que finalizó ante la ocurrencia de un despido con causa justa. A su vez, la demandada, M.P., S.A., presentó excepción de prescripción y de pago, a fin de desestimar el reclamo presentado en su contra. Celebrada la audiencia oral, el juzgador primario emitió su dictamen absolviendo a las demandadas del pago de las prestaciones laborales requeridas por el demandante (fs. 39-43, 274-279 del expediente laboral). De esta decisión, apela el apoderado judicial del señor C.I.H.S., ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial; instancia que emitió la Sentencia S/N de 15 de mayo de 2013, confirmando la resolución del Juzgador primario (fs. 300-315 del expediente laboral). Inconforme con la absolución dictaminada por los juzgadores laborales, el representante legal de la parte trabajadora recurre en casación, afirmando la...

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