Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 5 de Diciembre de 2013

PonenteVictor L. Benavides P.
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2013
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: La Licenciada A.C. actuando en representación de WARREN E HIJOS, S.A. presentó recurso de casación laboral contra la Sentencia de 30 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Segundo Distrito Judicial, dentro del proceso laboral promovido en su contra por los señores ABENIDO SANTOS MORENO, O.M.R., F.B. CASTILLO y D.G.A.. La S. por razones de economía procesal, procede, en primer lugar, a verificar el cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley a fin de determinar si el presente recurso extraordinario, se ajusta o no a tales exigencias legales. En primer lugar, debemos puntualizar fundamentalmente que el recurso de casación laboral, como medio impugnativo extraordinario, tiene como uno de sus fines primordiales procurar la exacta observancia de las leyes por parte de los tribunales, cuya característica especial es la carencia de formalidades o ritualidades especiales propias de otros recursos; el mismo recae contra resoluciones dictadas por los Tribunales Superiores de Trabajo, las cuales están expresamente previstas en la Ley, contentivas de errores in indicando, con el propósito de anularlas y así obtener lo que verdaderamente corresponda en derecho. No obstante, corresponde al casacionista ensayar su escrito de modo que logre presentar un verdadero sentido del concepto de infracción sobre la norma violada; es decir, es su responsabilidad desarrollar los conceptos de infracción de manera clara y objetiva, que le sirva de guía a los suscritos M.istrados al momento del escrutinio jurídico sobre las normas presentadas como transgredidas por la sentencia recurrida. La desatención de este aspecto, vulnerara la esencia natural por el cual se ha creado esta institución jurídica; de ser así, es decir, aceptar argumentos sin estructuración jurídica propia de este recurso, se estaría erróneamente creando una tercera instancia, cuando el debate en casación se restringe al examen o enfrentamiento del fallo ad-quem con la Ley, en virtud de los cargos formulados en su contra, no traer nuevamente argumentos de apelación. Es que los aspectos propios de las instancias inferiores, son sustancialmente opuestos a la función jurisdiccional que desarrolla esta S. de Casación Laboral, en virtud de los cargos que se presentan contra la sentencia; en aquella instancia, las partes se encuentran en una constante confrontación, a fin de demostrar que la verdad material coincida con la verdad procesal; es decir, se suscita un...

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