Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 17 de Abril de 2019

Fecha17 Abril 2019
Número de expediente858-18

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

S.: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Abel Augusto Zamorano

Fecha: 17 de abril de 2019

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 858-18

VISTOS:

La licenciada M.A.Q., en representación de R.F.M., presentó recurso de casación laboral, contra la Sentencia de 29 de mayo de 2018, dentro del proceso laboral entre: R.F. MORALES -VS- ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC.

  1. ANTECEDENTES DEL CASO.

    El señor R.E.F.M., a través de apoderado judicial presentó demanda laboral para el pago de derechos adquiridos por la suma de B/.248,472.57, en concepto de salarios dejados de pagar, vacaciones, proporcionales, décimo tercer mes proporcional, prima de antigüedad, más gastos, intereses y costas, en contra de la empresa ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC.

    El Juzgado Primero de Trabajo de la Primera Sección, dictó el Auto No. 185 de 19 de abril de 2018, que declara la nulidad de todo lo actuado, por carecer de competencia para conocer del mismo. El trabajador decide recurrir en apelación ante el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, y en la segunda instancia, es confirmada la resolución impugnada, sobre la base de que el proceso es nulo al iniciarse cuando se encontraban suspendidos los términos de este proceso por razón de la intervención y posterior liquidación forzosa de la empresa demandada; lo que motivó a la parte a recurrir en casación laboral ante esta Máxima Corporación de Justicia.

  2. CARGOS DEL CASACIONISTA

    Del examen de la demanda, se advierte que el casacionista ha invocado como violados los artículos 8, 128.3, 210, 561, 553 y 675.2 del Código de Trabajo; y menciona de igual forma la Ley 12 de abril de 2012.

    La casacionista alega que los artículos 8 (sobre nulidad de cláusulas que impliquen renuncia de derechos del trabajador), 128 numeral 3 (sobre obligaciones de los empleadores), y 210 numeral 8 (terminación de la relación laboral) del Código de Trabajo, fueron vulnerados por omisión por parte del Tribunal de instancia, en la medida que estimó que el tribunal está coartando el derecho del trabajador a exigir de su patrono el pago de sus derechos adquiridos, una vez culminada la relación de trabajo, el contrato de trabajo suscrito entre las partes era por tiempo definido, sin atender a la naturaleza del contrato ni a las normas convencionales y legales que lo regulan, lo que le hubiera permitido advertir la violación al fuero de maternidad de la trabajadora. Del mismo modo, cuando hace referencia a la violación por omisión de los artículos 561 y 553 del Código de Trabajo, sostiene que una vez presentada la demanda en debida forma, el tribunal tenía la obligación de revocar la sentencia de primera instancia.

    Sobre la infracción del artículo 675 numeral 2 del Código de Trabajo, indica la censora que fue violado por indebida aplicación, puesto que la demanda laboral cumple con todos los requisitos legales y no existía razón para declarar la nulidad por falta de competencia. Agrega que, si bien la demandada se encuentra en estado de liquidación forzosa, ello no impide por ley, la reclamación por los trabajadores de sus derechos adquiridos. Para complementar esta aseveración, hace una cita de la Resolución No. JD-021 de 5 de abril de 2017 y de la Ley 12 de 3 de abril de 2012. La Resolución No. JD-021 de 5 de abril de 2017 fue emitida por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá, y se refiere a la liquidación forzosa de la empresa ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC.

    Luego de este recuento, corresponde al Tribunal de Casación pronunciarse sobre los cargos de transgresión alegados, los cuales están directamente relacionados con la determinación de si el trabajador demandante podía presentar reclamo por el pago de sus derechos adquiridos, en contra de la empresa ISTMO COMPAÑÍA DE REASEGUROS, INC., que se encuentra en estado de liquidación forzosa.

  3. FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL

    La lectura prolija del escrito de casación presentado indica que el debate jurídico planteado en este caso gira en torno a la determinación de si el trabajador demandante podía...

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