Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 18 de Noviembre de 2019

PonenteEfrén Cecilio Tello Cubilla
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2019
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

Tribunal: Corte Suprema de Justicia, Panamá

Sala: Tercera de lo Contencioso Administrativo

Ponente: Efrén Cecilio Tello Cubilla

Fecha: 18 de noviembre de 2019

Materia: Casación laboral

Casación laboral

Expediente: 388-19

VISTOS:

El Licenciado S.R.G., actuando en nombre y representación de L.F.M.T., ha interpuesto Recurso de Casación Laboral contra la Sentencia de 23 de mayo de 2019, emitida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del Proceso Laboral de Solicitud de Reintegro presentada por el trabajador L.F.M.T. contra FQM Construcción y Desarrollo, S.A (FCD).

Visible a foja 8 del expediente laboral, se aprecia la certificación de 4 de mayo de 2018, expedida por el Director Regional Especial de Trabajo - Proyecto Minera Panamá, en la que se señala que, el día 29 de marzo de 2018, se presentó un Pliego de Peticiones por violaciones al Código de Trabajo, el cual fue presentado en debida forma por el Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción y Similares (SUNTRACS) contra la empresa FQM Construcción y Desarrollo, S. A.(FCD), y que dicho pliego se encontraba en negociación dentro del término de 20 días para la declaratoria de Huelga.

Teniendo como fundamento el artículo 441 del Código de Trabajo, el Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección emite el Auto N°160 de 25 de mayo de 2018, a través del cual se ordenó el reintegro inmediato del trabajador, y el consecuente pago de los salarios caídos (fs. 13- 14 del expediente laboral); decisión que fue impugnada por la empresa FQM Construcción y Desarrollo, S.A. (FCD).

Seguidamente, el Juez Segundo de Trabajo de la Segunda Sección de Colón y G.Y., emite la Sentencia de N° 02 de 7 de enero de 2019, mediante la cual revocó la orden de reintegro y el pago de salarios caídos a favor del trabajador L.F.M.T., teniendo como fundamento el hecho de que al ser contratado por tiempo definido, el trabajador no se encontraba amparado por el fuero de negociación alegado (fs. 99 - 106 del expediente laboral). Decisión que fue confirmada por el Tribunal Superior de Trabajo del primer Distrito Judicial, a través de la Sentencia de 23 de mayo de 2019, objeto del Recurso de Casación Laboral bajo estudio.

Por razones de economía procesal, la Sala procede a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en la Ley a fin de determinar si el presente Recurso de Casación Laboral cumple con las exigencias legales que hagan posible su admisión.

Del...

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