Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, 5 de Diciembre de 2007

PonenteAdán Arnulfo Arjona L.
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2007
EmisorSala Tercera de lo Contencioso Administrativo

VISTOS:

El Bufete Herrera, actuando en representación del señor R.T., ha interpuesto Recurso de Casación contra Sentencia de 6 de junio de 2007, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso laboral que promovió contra la empresa Astilleros Braswell International S.A.

I.-ANTECEDENTES DEL CASO

El señor R.T., por medio de su apoderado legal, interpuso demanda laboral contra la empresa Astilleros Braswell International S.A, con el fin de reclamar el pago de la suma de B/5623.36 más intereses y recargos, en concepto de indemnización por renuncia justificada.

El Juzgado Segundo de Trabajo de la Primera Sección, mediante Sentencia Nº66 de 6 de septiembre de 2006 absuelve a la empresa demandada del reclamo de indemnización por renuncia justificada por no haberse demostrado los hecho en los cuales se fundamentó su demanda.

La referida decisión fue confirmada por el tribunal de segunda instancia, mediante la sentencia recurrida en casación, tras el recurso de apelación promovido y sustentado por el procurador judicial del actor.

II.-CARGOS DEL CASACIONISTA

Las normas que el actor considera fueron vulneradas por la sentencia impugnada son los artículos 6, 223, ordinales 3 y12, 218 y 225 del Código de Trabajo.

Sostiene que la violación del artículo 6 del Código de Trabajo se da de manera directa cuando en la sentencia recurrida se favorece con la duda a la parte empleadora, ya que el reintegro del trabajador debía hacerse en el cargo que desempeñaba al momento del despido, lo cual era capitán del yate Salt & Pepper, no existiendo ninguna duda al respecto.

En cuanto al artículo 223 del Código de Trabajo, que establece las causas justas que facultan al trabajador a dar por terminada la relación de trabajo con derecho a recibir indemnización, específicamente los ordinales 3 y 12, referentes a la alteración unilateral de las condiciones de trabajo por parte del empleador y la falta grave del empleador al cumplir las obligaciones que le impone la ley o el contrato, respectivamente, se estiman vulneradas por la sentencia impugnada, porque la empresa demandada alteró las condiciones de trabajo al señor T. al asignarle labores que él nunca había desempeñado, negándose a asignarle a su reintegro las labores de como capitán del yate Salt & Papper.

El artículo 218 del Código de Trabajo, relativo a la potestad que tiene el trabajador para solicitar ante las autoridades laborales el reintegro o el pago de la indemnización prevista en el artículo 225 del mismo cuerpo legal, se alega como violado porque se desconoce el mandato impuesto en ese artículo de reintegrar al trabajador al cargo que desempeñaba al momento del despido. Agrega que las argumentaciones del Tribunal Superior no son válidas, por cuanto ningunas de las circunstancias se dieron.

Por último, se sostiene que se vulneró el artículo 225, que establece la escala...

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