Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Febrero de 2010

PonenteAlejandro Moncada Luna
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2010
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

La firma Morgan & Morgan, actuando en nombre y representación del señor R.P., ha presentado recurso extraordinario de casación laboral contra la Sentencia de 16 de julio de 2009, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial ,dentro del proceso laboral que instauró en contra de la empresa Panamerican Wireless, S.A. y/o C.S.P..

ANTESCEDENTES DEL CASO

El señor R.P., a través de sus apoderados judiciales, presentó demanda laboral contra la empresa Panamerican Wireless, S.A. y/o C.S.P., para que fueran condenados al pago de B/.116,405.22 en concepto de prima de antigüedad, vacaciones vencidas y proporcionales, décimo tercer mes proporcional y vencido, y diferencia de salario no pagado.

El Juez Cuarto de Trabajo de la Primera Sección, mediante Sentencia 16 de 11 de marzo de 2009, absuelve a los demandados, con el sustento de que no se demostró la relación laboral con la empresa y porque el señor C.S.P., es el representante legal de la empresa.

Apelada la sentencia por el demandante, el Tribunal Superior de Trabajo, emitió la sentencia contra la cual se recurre en este proceso, que revoca la decisión de primera instancia y declara la nulidad de todo lo actuado a partir de la providencia que admite la demanda.

  1. CARGOS DEL CASACIONISTA

    El actor, por medio de sus apoderados judiciales, solicita a esta Sala que se case la sentencia recurrida y en su lugar se condene a los demandados a cancelar los derechos adquiridos que por ley le corresponden.

    La primera norma que alega vulnerada es el artículo 1 del Código de Trabajo, de forma directa, que dispone que el Código de Trabajo regula las normas entre el capital y el trabajo, sobre la base de una justicia social y estableciendo normas de protección estatal en beneficio del trabajador. Sostiene que la infracción se configura cuando el Tribunal Superior de Trabajo considera que debe anular la admisión de la demanda luego de determinar que la jurisdicción de trabajo no es competente, para conocer de estas reclamaciones.

    Enuncia como violado, también, el artículo 8 del Código de Trabajo, referente a la nulidad de las cláusulas , estipulaciones, actos o declaraciones que impliquen disminución, adulteración, dejación o renuncia de derechos reconocidos a favor del trabajador. F. esta violación, en la circunstancia de que es nula la cláusula compromisoria de someter los conflictos que surjan en el contrato a la competencia de un tribunal arbitral, ya que en un contrato de trabajo individual, esto implica la disminución de derechos consagrados en el Código d e Trabajo a favor del trabajador, específicamente, el derecho a gozar de una tutela gratuita.

    En este mismo orden de ideas, señala como vulnerado el artículo 9 del Código de Trabajo, que establece la gratuidad de los actos, gestiones o actuaciones que se relacionen con las aplicación de normas de trabajo, ya que el Tribunal al disponer que las partes quedan obligadas a cumplir con lo pactado en la cláusula compromisoria, a efecto de ventilar la reclamación laboral en un tribunal arbitral, obliga al trabajador a incurrir en gastos que no está en condiciones de afrontar.

    También señala como vulnerados los artículos 62 y 63, relativos al concepto de contrato individual de trabajo, relación de trabajo y la forma de determinación de la existencia de la relación de trabajo en prescindencia de los contratos simulados, participación interpuesta persona y constitución u operaciones simuladas. Señala que el Tribunal Superior de Trabajo no hizo alguna referencia sobre la existencia o no de la relación de trabajo, aún cuando se pudo comprobar la prestación del servicio por parte del representado.

    Agrega que en el expediente hay constancia probatoria de que la relación era de tipo laboral, cuando el representante legal de la empresa hace referencia a la calidad del cargo que ocupaba el señor P. de Gerente General, en las notas remitidas visibles de foja 67-71.

    Argumenta que se vulneró el artículo 737, que enumera las presunciones legales que rigen en la relación de trabajo, sin perjuicio de alguna otras que la normativa laboral establezca. Manifiesta que habiéndose acreditado la prestación del servicio y la contratación mediante un contrato de trabajo simulado por un contrato de consultoría, se interpretó esta norma en desapego a los principios básicos del derecho del trabajo.

  2. OPOSICIÓN AL RECURSO

    Por su parte, el apoderado judicial de los demandantes presentó oposición a este recurso, con fundamento en que el Tribunal Superior de Trabajo no infringió los artículo señalados por el casacionista, porque al recurrente no se le aplica la Ley Panameña en materia laboral.

    Arguye que el contrato suscrito es de tipo comercial, de consultoría, acuerdo de voluntades que se firmó libremente por las partes, y en donde se acepta someterse a normas de la Asociación Americana de Arbitraje en caso de conflictos entre las partes. Ante estas circunstancia, y previa demostración de que no había dependencia económica, no se pueden considerar, a su juicio, vulnerados los artículos 1 y 8 del Código de Trabajo.

    Agrega que ninguna de las presunciones fijadas en el artículo 737 del Código e Trabajo se aplica al caso concreto que nos ocupa, primero porque se trata de una relación comercial y segundo porque no se configuró ningún despido.

  3. CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL

    1. Competencia

      Vencido los términos correspondientes, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia entra a conocer el presente recurso extraordinario de casación laboral, por ser el tribunal competente con fundamento en el artículo 1064 del Código de Trabajo en concordancia con el artículo 97, numeral 13, del Código Judicial y por enmarcarse en el supuesto establecido en el numeral 2 del artículo 925 del Código de Trabajo.

    2. Legitimación activa y pasiva

      El presente recurso extraordinario es interpuesto por el señor R.P., parte demandante en el proceso laboral que invoca la calidad de trabajador, contra la Sentencia de 16 de julio de 2009, proferida por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer...

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