Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 7 de Abril de 2006

PonenteWinston Spadafora Franco
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2006
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS:

El licenciado A.A., en representación de J.F., presentó recurso de casación laboral contra la Sentencia de 14 de diciembre de 2005, dictada por el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, dentro del proceso laboral promovido contra Unicell Inc.

I.ANTECEDENTES DEL RECURSO

El día 4 de marzo de 2005, el señor J.F. interpuso demanda laboral contra la empresa Unicell, Inc., reclamando el pago de veintiún mil cuatrocientos ochenta y siete balboas con noventa y ocho centésimos (B/.21,487.98) en concepto de vacaciones vencidas, décimo tercer mes vencido y proporcional, prima de antigüedad y horas extras calculadas sobre un salario base regular de setecientos cincuenta balboas (B/. 750.00).

A lo largo del libelo, afirmó que inició relación laboral con su empleadora el 3 de agosto de 2001, atendiendo la clientela de lunes a domingo en las distintas sucursales de la empresa, en horario de nueve (9:00) de la mañana a nueve (9:00) de la noche. También, que se retiró de la misma el 27 de septiembre de 2004, sin que se le pagaran las vacaciones, décimo tercer mes, prima de antigüedad, ni horas extras laboradas (fs. 1-4 del proceso laboral).

Ante la demanda presentada, el apoderado judicial de la empresas Unicell, Inc. reconoce que J.F. inició labores en la empresa el 3 de agosto de 2002 y se retiró de la misma el 27 de septiembre de 2004. No obstante, sostiene que su jornada laboral era de ocho (8) horas y devengaba un salario mensual de doscientos cuarenta y tres balboas con ochenta y cuatro centésimos (B/. 243.84).

Consecuentemente, acepta que en virtud de la relación de trabajo prestada se le adeuda al señor FUNG la suma mil noventa y dos balboas con sesenta y nueve centésimos (B/. 1,092.69), por lo que consignó el certificado de garantía que cubre dicha suma (fs. 15-16 ibídem).

El Juez de la causa dirimió la controversia planteada mediante Sentencia Nº 43 de 21 de julio de 2005, absolviendo a la empresa UNICELL, Inc. de la reclamación presentada en su contra en concepto de horas extras y la condena al pago de ciento noventa y seis balboas con ochenta y cinco centésimos (B/. 196.85) en concepto de diferencia de vacaciones, décimo tercer mes y prima de antigüedad no pagadas, más los intereses legales correspondientes (fs. 50-58 del expediente laboral).

Promovido el recurso de apelación contra la decisión adoptada -por parte del señor J.F., el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, a través de la Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR